Independencia es una palabra bastante repetida en el ámbito judicial. Una utopía dinamizante, aunque en realidad es la que menos se aplica. Se refiere a tener la libertad necesaria para dictar resoluciones en los distintos casos sin que existan influencias externas o internas ni de ningún otro tipo para ello.
Con este argumento, los ministros de la Corte se declararon inamovibles en sus cargos hasta los 75 años, en dos fallos que se conocieron hace poco. Es que la interpretación constitucional constante, expresada en unos 17 fallos, es que los mismos son electos hasta esa edad y solo pueden salir por juicio político o muerte.
El fundamento de libertad también es citado para las acciones de inconstitucionalidad planteadas hasta ahora para evitar que los magistrados, fiscales o defensores tengan que rendir nuevamente un examen para concursar por sus respectivos cargos.
La independencia también es usada como uno de los puntos por el Consejo de la Magistratura contra la imposición de la Ley de incluir a los magistrados en las respectivas ternas por sus cargos, en una acción que la Corte debe resolver.
El concepto también se utiliza para fundamentar la ley de carrera judicial, de modo a que los magistrados no estén pendientes de sus cargos, especialmente en el momento de dictar sus fallos.
Nuestra Carta Magna señala en su artículo 248: “Queda garantizada la independencia del Poder Judicial. Sólo este puede conocer y decidir en actos de carácter contencioso. En ningún caso los miembros de los otros poderes, ni otros funcionarios, podrán arrogarse atribuciones judiciales que no estén expresamente establecidas en esta Constitución, ni revivir procesos fenecidos, ni paralizar los existentes, ni intervenir de cualquier modo en los juicios”.
Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos habla de que “sin independencia judicial no existe Estado de derecho ni es posible la democracia (artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana), toda vez que juezas y jueces deben contar con las garantías adecuadas y suficientes para ejercer su función de resolver conforme al orden jurídico los conflictos que se producen en la sociedad. La falta de independencia y de respeto a su autoridad es sinónimo de arbitrariedad”.
Como se ve, la independencia judicial es uno de los pilares de la democracia, por lo que es constantemente invocada por todos, y sustentada en numerosas sentencias en todo el mundo.
No obstante, ¿estamos preparados para una verdadera independencia? ¿Estamos preparados para aceptar fallos donde se aplique la ley, a pesar de que no nos guste? ¿A aceptar sentencias donde se libere a una persona por falta de pruebas?
No lo creo. Si bien en nuestros pensamientos están con que es necesaria la independencia judicial para tener una democracia plena, creo que nos acostumbramos a tratar de manipular a la Justicia.
Esto se da desde el Parlamento, desde los partidos políticos, desde el Ejecutivo, pero, principalmente, también se da desde la ciudadanía misma, a través de las redes sociales, o manifestaciones, donde actúan conforme con sus propios intereses.
Tampoco debemos olvidar que hay magistrados que no tienen problemas en ser manipulados, también por sus propios intereses, monetarios principalmente, a juzgar por los casos ya descubiertos en los últimos tiempos en nuestro medio.
Pareciera que ni los mismos jueces quieren verdaderamente esa independencia, ya que tampoco están acostumbrados a ella. Es difícil querer algo que nunca se tuvo.
Sin embargo, cuando aprendamos a ser democráticos, a respetar las instituciones y los cargos que se ostentan, por encima de las personas, alcanzaremos la verdadera independencia, y nuestra democracia será plena.
Hasta entonces, solo será una palabra vacía usada para justificar cosas, pero sin que la creamos verdaderamente.