El ex ministro de la Secretaría de la Función Pública (STP), Humberto Peralta, manifestó que, en su opinión como ex autoridad pública, “un docente no debe ni puede ser contratado (por el Estado)”.
Esto, considerando las leyes 977/96 de la OEA y la 2535/2005 de la ONU, ambas en convenciones contra la corrupción, ratificadas por Paraguay.
Ambas normativas expresan que “el que recibe remuneración del Estado es servidor público”. Sin embargo, normativas locales son ambiguas, dijo.