En el caso de los negocios en guaraníes, la banca matriz fijó el tope de 33,10%, inferior a la cifra de 33,22% que se mantiene vigente para este mes de julio; mientras que para moneda extranjera el techo se estableció en 15,05%, superior a la referencia de 14,54% del mes anterior.
En el comparativo interanual resalta que los máximos fijados, tanto en moneda local como extranjera, son inferiores a los que se tenían en el mes de agosto de 2020, que eran de 35,63% y 15,43%, respectivamente, conforme a las estadísticas del Central.
Asimismo, si se compara las referencias del octavo mes del año en curso, se observa que los máximos son menores a los establecidos a inicios del año, de 33,89% en guaraníes y 15,13% en moneda extranjera.
normativa. Los límites a partir de los cuales las tasas de interés son consideradas como usurarias son publicadas por el BCP, de conformidad al artículo 1 de la Ley Nº 2339/03, a fin de que las personas físicas o jurídicas del mercado financiero y de crédito cumplan con las disposiciones legales vigentes.