La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó que las ganancias de capital provenientes de la enajenación de inmuebles fraccionados en lotes, pertenecientes a una persona física residente, están sujetas al impuesto a la renta personal (IRP).
En ese sentido, la Administración Tributaria emitió la Resolución General 35/20, en la cual se precisan aquellas disposiciones relativas a las ganancias obtenidas por una persona que vende sus bienes inmuebles, loteados o a plazo, a través de empresas loteadoras, administradoras de inmuebles o empresas de mandato, en cuyo caso estas pasarán a constituirse en agentes de retención a partir del 1 de enero.
Esta norma aclara que las empresas loteadoras, administradoras de inmuebles o empresas de mandato, aplicarán una tasa de retención del 2,4% sobre cada cuota cobrada al adquirente, con carácter de pago único y definitivo, con lo que la SET busca favorecer al cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.