20 abr. 2024

SET precisa deducciones permitidas en el IRP con nueva reglamentación

Administración Tributaria especificó los alcances del impuesto a las ganancias, tras la reforma fiscal. Los cambios serán aplicados para las declaraciones juradas que se deben hacer desde el año próximo.

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) dio a conocer ayer la Resolución 69/20, por medio de la cual reglamentó el renovado impuesto a la renta personal (IRP) y puso en vigencia los nuevos formularios que serán aplicados para las declaraciones juradas a realizarse desde 2021, tras la vigencia de la nueva ley fiscal producto de la reforma (ver la infografía).

El documento especifica los alcances de este gravamen directo, ya que desde el año próximo los pagos deberán dividirse en dos: Rentas de capital y rentas por prestación de servicios. La primera se refiere a las ganancias obtenidas por CDAs, acciones, títulos e inmuebles, entre otros; mientras que la segunda son las recibidas por un trabajo personal o profesional, y abarca principalmente a asalariados y cuentapropistas.

De acuerdo con la nueva reglamentación, las herencias de bienes muebles o títulos están gravadas dentro del régimen de renta de capital, así como las ventas ocasionales de bienes muebles -como vehículos- siempre que superen la suma de G. 20 millones.

En el caso del régimen de prestación de servicios, señala que las rentas en especie están gravadas en su totalidad. En este segmento están incluidos todos los bienes y servicios recibidos por el contribuyente en forma de pago o en permuta por su trabajo.

Descuentos. La reglamentación también enumera la serie de deducciones que podrán realizar los contribuyentes bajo el régimen de prestación de servicios, ya que las mismas no aplican para las rentas de capital.

La SET especifica que pueden ser deducidos los gastos a favor de los familiares a cargo, así como los egresos por movilidad, seguro médico, compra o refacciones de inmuebles destinados a vivienda.

Asimismo, estipula que se pueden descontar las erogaciones en concepto de esparcimiento en el país, por actividades deportivas, culturales, de relajación, turismo, hotelería y manutención de mascotas, entre otros.

Las deducciones habían sido motivo de fuertes disputas entre contadores, empresarios y el Gobierno anterior. Incluso se promovieron acciones de inconstitucionalidad contra las anteriores reglamentaciones.

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