02 nov. 2025

SET modifica plazo para retenciones

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El viceministro Óscar Orué dio a conocer las nuevas medidas tributarias.

Foto: Gentileza

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) decidió modificar el plazo establecido para dar cumplimiento a las retenciones del impuesto a la renta de no residentes (INR) y las percepciones del impuesto al valor agregado (IVA), realizadas al momento de la adquisición de servicios digitales de proveedores del exterior, según comunicó ayer la entidad.

Estos cambios se concretaron por Resolución General 84/21, firmada por el viceministro de Tributación, Óscar Orué. Corresponden a las retenciones que deben aplicarse entre los meses de enero y abril, y se concedió mayor plazo para que los agentes de retención y percepción adecuen sus sistemas y procedimientos para dar cumplimiento a sus obligaciones tributarias en tiempo y forma.

La disposición de la Administración Tributaria indica que, en concepto del IVA, por los meses de operación de enero y febrero, el mes de percepción queda fijado en abril; mientras que para las operaciones de marzo y abril, queda establecido en mayo. Con relación al INR, la normativa indica que por los meses de enero a abril, la retención deberá ser aplicada en mayo.

La Resolución 76/20, emitida a fines de diciembre, establecía que las percepciones y retenciones iniciarían conjuntamente en abril.

La nueva disposición de Tributación puede descargarse desde su página web.