“Estas playas que operan bajo el mango, que te venden automóviles en la vereda y no emiten factura legal, son un verdadero peligro para la gente, porque después a quién le reclamás cuando quieras hacer los documentos”, alertó Miguel Barrios, presidente del Centro de Importadores de Vehículos Usados (CIVU).
Indicó que las playas de autos usados no venden los vehículos con la chapa metálica, porque es el cliente quien debe solicitar esa documentación para que la cédula verde y el título salgan a su nombre. “Hay gente que por ahorrar uno o dos millones de guaraníes compra de cualquier lado. Le entregan un vehículo sin certificados, y es ahí cuando comienzan los problemas, porque no se pueden gestionar los documentos”, enfatizó.
DOCUMENTACIÓN. El titular del CIVU indicó que las empresas que trabajan de forma legal entregan a sus clientes los automóviles con chapas provisorias, inspección técnica vehicular, certificado de nacionalización original con duplicado y factura legal. Esto le permite al nuevo propietario realizar la fiscalización del rodado en la planta verificadora del Registro Único del Automotor (RUA) y así, en dos días, obtener su placa metálica.

Al ser consultado sobre las playas de autos que venden vehículos con chapas provisorias vencidas, aclaró que el comprador del rodado tiene un plazo de 35 días desde la fecha de constancia de compraventa por escribanía para formalizar su situación.
“Yo vendo un automóvil hoy, pero lo entrego con una chapa provisoria del 2014. En los controles se tienen que respetar esos 35 días según constancia por escribanía. Lastimosamente hay clientes que dicen ‘no tengo plata para hacer la verificación’, y dejan pasar ese tiempo exponiéndose a la multa”, manifestó Barrios.
Lo recomendable, agregó, es hacer la verificación inmediatamente después de la compra para que en un plazo de dos días, a más tardar, el Registro del Automotor le entregue al propietario su placa definitiva y evitar problemas al circular con su rodado.
protocolo. La Policía Nacional aprobó un protocolo de actuación para la retención de vehículos que circulen en la vía pública sin chapas ni cédula verde a partir del 2 de enero. En el artículo Nº 5 de las causales de retención se señala que se podrá sacar de circulación a los vehículos “sin chapa definitiva, sin chapa provisoria, chapa provisoria vencida, y el conductor no posea la cédula del automotor, ni la contraseña de mesa de entrada en el Registro del Automotor o constancia de trámite expedida por escribanía”.
escribanía. Cuando la compra del rodado se hace al contado, el cliente tiene la libertad de elegir la escribanía que desee para realizar la documentación de su vehículo; salvo que se retire a crédito. En este caso, las playas de autos exigen que se haga con la escribanía con la que trabajan, porque se realiza una transacción con reconocimiento de deuda, esto no debe significar un sobrecosto para el cliente.
“El cliente debe exigir que quien le vende pueda transferirle el vehículo; muchas veces se compra de una playa, pero esa empresa vendió algo que no era suyo, y cuando se quieren hacer los documentos no se sabe cómo ubicar a esa persona que no aparece en el contrato”, aconsejó.