La normativa establece que el triple lavado consiste en lavar los envases de plaguicidas con tres enjuagues de agua consecutivos, el proceso está a cargo del usuario del producto.
Esta medida responde a que innumerables pruebas publicadas por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), demuestran la efectividad del triple lavado para la descontaminación de los envases.
Al procedimiento deberá sumarse la perforación, aplastamiento u otro método de inutilización de los envases, a fin de que no puedan ser reutilizados y, minimizando de esta manera los riesgos para la salud y el medio ambiente.
La Resolución 675 establece además otras directrices como la prohibición de la importación y uso de productos agroquímicos contenidos en envases no reciclables, a partir de los 180 días de la vigencia de la resolución.
A partir de ese mismo periodo, se debe incluir en la etiqueta de los productos en el sector de precauciones y advertencias, el símbolo o emblema del triple lavado para aquellos productos contenidos en envases rígidos que contuvieren formulaciones miscibles o dispersables en agua.