07 may. 2026

Santander afirma que la Fiscalía puede accionar ante la Corte

INÉDITA RESOLUCIÓN. Vicepresidente primero del Máximo Tribunal fue consultado sobre decisión.

COMUNICACIÓN. Hasta ahora, el Senado no informó a los magistrados sobre la resolución.

CAUSAS JUDICIALES. Son tres las causas en las que se debe informar sobre la restitución de fueros.

CON UNA CASACIÓN. En el caso de Rafael Filizzola, su causa debe ser informada a la Sala Penal.

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Nuevo. Gustavo Santander reemplaza a Antonio Fretes.

Archivo

El vicepresidente primero de la Corte y actual titular de la Sala Constitucional, el ministro Gustavo Santander, opinó que la Fiscalía es la que tiene legitimación activa para plantear una acción de inconstitucionalidad contra la decisión del Senado de restituir los fueros a los legisladores procesados.
El ministro cumplió ayer un año de gestión y entregó los resultados a la prensa, que aprovechó para consultar sobre el tema, sin que hable del fondo de la cuestión, para evitar una preopinión que pudiera usarse para apartarlo en una eventual acción de inconstitucionalidad.

El jueves, en sesión extraordinaria del Senado, los legisladores le restituyeron los fueros a Erico Galeano, procesado por supuesto lavado de dinero ante el juez Osmar Legal (para acusación el 24 de mayo); Hernán Rivas, imputado por el supuesto título falso ante el magistrado Miguel Palacios; y Rafael Filizzola, con una causa de lesión de confianza ante el juez Yoan Paul López.

Sin embargo, hasta última hora del viernes, la Cámara Alta no había remitido ninguna comunicación a los citados jueces para informar sobre la restitución de los fueros a los congresistas.

En el caso de Filizzola, la comunicación también será enviada a la Sala Penal de la Corte, cuyos ministros estudian un recurso extraordinario de casación promovido por la defensa, lo que impide que se pueda realizar de nuevo la audiencia preliminar.

MINISTRO. El ministro Gustavo Santander Dans, que preside la Sala Constitucional, explicó que era una decisión inédita y sin precedentes del Senado, ya que existen procesos abiertos contra los legisladores, ya procesados.

Ante la consulta de qué se debería hacer, aseguró que son los fiscales y eventualmente los querellantes los que tienen legitimación activa para plantear una acción de inconstitucionalidad contra la decisión del Senado.

Descartó la consulta constitucional, en cuyo caso sería el juez el que eleve a la Sala Constitucional, ya que es de la postura de que no existe actualmente esa figura. En la Sala, junto al ministro Víctor Ríos, son de la misma opinión, mientras que César Diesel, entiende que sí se da la consulta constitucional.

No quiso opinar del fondo de la cuestión, ya que podría llegar a esa instancia, según señaló a los periodistas.

La cuestión es que con la interpretación del ministro Santander, los procesos quedarían paralizados con la restitución de los fueros a los parlamentarios, por lo que se debería plantear la inconstitucionalidad ante la Corte.

Es que hay abogados que entienden que ya precluyó esta etapa. Es decir, ya pasó esa momento procesal, ya que tanto Erico, Rivas y Filizzola, están procesados, con lo que la comunicación no debería surtir ningún efecto.

Otros alegan que el “desdesafuero” como dicen los parlamentarios, podría darse, ya que si las cámaras del Congreso conceden el desafuero, nada les impide restituirle sus fueros parlamentarios.

No obstante, constitucionalistas remarcan que los jueces de los casos, si bien pueden recibir las comunicaciones, no deberían darle curso.

Finalmente, lo más seguro es que una vez que reciban las comunicaciones del Senado, hagan saber a los fiscales lo resuelto oficialmente, de modo a que sean ellos los que tomen cartas en el asunto.

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Gustavo Santander

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