El documento apela el rechazo del Tribunal Electoral de la Capital a la acción de nulidad contra el resultado de la convención, que definió la prórroga de mandato de las autoridades partidarias de la ANR.
El recurso presentado ataca la modificación de los artículos 146, 147, 148 del Estatuto Partidario y no a la convención, solo al resultado de la asamblea.
La apelación habla del voto del magistrado Ariel Romero y menciona que “los supuestos impedimentos alegados, encuentran remedio procesal en la misma norma electoral invocando el artículo 46 de la Ley N°635 de manera a no coartar el acceso a esta jurisdicción electoral”.
Rolón señala en la parte de la recusación que los ministros demostraron “un inusitado interés que desvirtúa la garantía de objetividad necesaria al ejercicio de sus funciones”.
Refirió igualmente que como antecedente que ha sido director de un área sensible del TSJE y por las diferencias que tuvo con los ministros mencionados fue desvinculado, lo cual puede afectar en la imparcialidad requerida para los altos funcionarios.