La propuesta está en estudio en comisiones y se trata de una reedición de un proyecto rechazado años atrás por contar con una gran resistencia de especialistas, sectores políticos y defensores de derechos humanos.
La discusión polémica en torno a este proyecto es que Paraguay carece de legislación en protección de datos privados y la retención podría vulnerar información personal de usuarios de internet.
“Los proveedores de servicios de acceso de internet y trasmisión de datos deberán almacenar solo aquellos datos imprescindibles para identificar el origen de los datos alojados y el momento en que se inició la prestación del servicio”, expresa la normativa.

También indica que las empresas que se nieguen a cumplir con esta obligación serán consideradas infractoras muy graves y serán sancionadas con multa de hasta 1.000 jornales mínimos por cada caso, independientemente de la responsabilidad penal incurrida por su incumplimiento, según señala.
La provisión de datos será luego de un pedido del Ministerio Público y la orden de un Juzgado.
El almacenamiento será para facilitar la localización del equipo terminal empleado por el usuario para la transmisión de la información.