Cabe recordar que la creación de esta superintendencia es reciente (la ley correspondiente fue promulgada por el Poder Ejecutivo a inicios del mes de septiembre pasado) y que Abreu se encontraba al frente de la entidad en carácter de interino, al haber sido anteriormente presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), que dependía del Ministerio de Industria y Comercio (MIC).
El Decreto 858 hace alusión a la nota 184 del BCP y a una copia de la Resolución Número 18, Acta 68/2023, por la que se conforma la terna de candidatos para la Superintendencia de Valores. A su vez, menciona el artículo 238 numeral 6 de la Constitución Nacional, que faculta al Presidente de la República a nombrar o remover funcionarios de la administración pública; y la Ley 7162/2023, que crea la Superintendencia y señala que el superintendente deberá ser designado por el Poder Ejecutivo de la terna de candidatos remitida por el Banco Central. El documento es refrendado por el Ministerio de Economía.