Porque su esposa integró el Tribunal de Sentencia que condenó al empresario Ramón González Daher, el ministro de la Corte, Manuel Ramírez Candia, se inhibió para estudiar la recusación contra dos camaristas en la causa de usura, lavado de dinero y denuncia falsa.
Con ello, la Sala Penal quedó solo conformada por los ministros Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, por lo que ahora realiza la consulta con los demás ministros para integrar la Sala y destrabar así la causa.
De esta manera, por el momento, no se podrá resolver la recusación que promovió la defensa de Ramón González Daher contra los camaristas Emiliano Rolón Fernández y Arnulfo Arias, quienes estudian junto con su colega Gustavo Santander la apelación contra el fallo que le condenó a 15 años de prisión.
La recusación fue presentada por el abogado Luis Fernando Olmedo, uno de los defensores de González Daher en la causa donde le condenaron a 15 años de encierro, a más del comiso de bienes, conforme con el fallo.
NO CONFÍA. Según la recusación, la defensa de RGD no confía en los camaristas debido a que ambos fallaron en una causa donde González Daher había sido querellante por presunta estafa.
Es en la causa de Etelvina Alcaraz Sosa, donde tanto Rolón como Arias declararon la nulidad de la condena que le impuso el Tribunal de Sentencia a la acusada, ya que consideraban que los hechos investigados no constituían hecho punible.
Asimismo, dice que existe riesgo de pérdida de objetividad en la causa donde lo condenaron a 15 años de cárcel junto con su hijo, Fernando González Karjallo.
Con respecto a Emiliano Rolón, dice que es docente en la Escuela Judicial y en cursos de postgrado. Afirma que la causa donde le condenaron es objeto y motivo de análisis técnico jurídico.
Explica que Rolón en sus clases “enfoca su crítica en la errónea estrategia de defensa desarrollada por quienes han ejercido nuestra representación, señalando entre otras cosas, que ha sido una gruesa equivocación, a su modo de ver, el avocamiento exclusivo de una causa tan importante y emblemática como esta al ámbito meramente jurídico, descuidando la dimensión política y la dimensión comunicacional que debió ser considerada” por los defensores.
De esta manera, la defensa sostiene que existen motivos suficientes para que tanto Arnulfo Arias como Emiliano Rolón Fernández se aparten del caso, donde el Tribunal de Sentencia integrado por las juezas Claudia Criscioni, Yolanda Morel y Yolanda Portillo le condenó a 15 años de encierro.
De esta manera, hasta tanto que la Sala Penal se integre para estudiar la recusación contra los dos miembros del Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala, la causa sigue trabada.
El camarista Rolón se inhibió tras la recusación
El camarista Emiliano Rolón, tras ser recusado por la defensa, al elevar el informe a la Sala Penal de al Corte se inhibe de entender en la causa.
El magistrado explica que con respecto a la sentencia que dictó cuenta con regularidad procesal. Sobre sus clases, negó lo dicho por la defensa sobre la docencia, sino que son hipótesis que plantean los institutos de derecho.
Sin embargo, dice que los dichos de la defensa de desconfianza y animadversión afectan su tranquilidad, por lo que para no manchar su trayectoria, se inhibe de la causa.
Por su parte, Arnulfo Arias, al contestar la recusación, explica sobre el fallo anulado que no era motivo de recusación, según la legislación procesal.