La resolución afecta a Miguel Ángel Cabarcos Vieyto, quien había planteado recurso de casación en contra de la resolución del 27 de abril del 2022, del Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala, de Central, que ratificó la pena dictada en el juicio oral.
Los ministros Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia declararon inadmisible el estudio de la casación debido a que no se presentó la copia de la cédula de notificación, con lo que no se pudo verificar el plazo de presentación.
En el caso, el médico cirujano Miguel Ángel Cabarcos Vieyto fue hallado culpable de homicidio culposo, a raíz de la muerte del pequeño Alexander Benítez Cabral, de 4 años, ocurrido en junio del 2016.
Según la fiscala Mirta Rivas, que estuvo en el juicio oral, se probó que el niño se hizo la cirugía de las amígdalas, sin que primero se realizaran los exámenes de costumbre. El niño padecía de neumonía, con lo que murió 3 días después.
Además, el médico violó el protocolo al dar de alta al menor, que vivía a unos 300 kilómetros, ya que está prohibido dar de alta al paciente si vive a más de 50 kilómetros.