“(El proyecto) tiene un sistema de sanciones mucho más completo, de inhabilitación de quienes no pueden participar de una licitación por razones de vinculación con funcionarios. También se establece un sistema de contagio de la sanción a empresas vinculadas por accionistas comunes o directores comunes, entonces se puede evitar de esa manera que grupos empresariales que tengan sanción en una empresa puedan seguir proveyendo al Estado a través de otra”, detalló Seitz.
Agregó que la DNCP seguirá siendo el organismo que aplique las sanciones, conforme al artículo 148 del proyecto de ley, el cual establece “la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de contratación y celebrar contratos con el Estado por un plazo mayor a tres meses hasta cinco años”, y, adicionalmente, una multa.
El titular de la DNCP también señaló que siguen analizando el apoyo o no a la versión aprobada por Diputados o el Senado, teniendo en cuenta que, tras media sanción de la Cámara Alta, los legisladores de la Cámara Baja introdujeron modificaciones al proyecto. No obstante, señaló que la propuesta no tiene cambios de fondo.
A grandes rasgos, Seitz explicó que la nueva ley no es solamente de contrataciones públicas, sino de la cadena de suministro del Estado. “Es decir, incluye una etapa que hoy en día no está regulada, que es la planificación; luego el proceso de contratación pública en sí; y en tercer lugar una nueva etapa que hoy en día no existe, que es la medición de objetivos, cumplidos o no cumplidos”, subrayó. Insistió que el plan legislativo incorpora normativa que hace referencia al uso de las compras públicas como herramienta de desarrollo y determina una reserva de mercado de hasta 20% para las mypimes.
LA CIFRA
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artículos tiene el proyecto de ley de suministro y contrataciones públicas, que reemplazará a la Ley 2051 del 2003.