Mientras que la Fiscalía asegura que hoy en día esta ley es necesaria para poder investigar todo tipo de delitos, organizaciones civiles afirman que se trata de una violación de derechos y que da pie a un espionaje masivo.
Si bien la ley obliga a las empresas a conservar datos de tráfico y excluye el contenido de las comunicaciones electrónicas, la abogada Maricarmen Sequera, de la organización Tedic, sostiene que estos datos de tráfico, o metadatos, permiten conocer información sensible de los usuarios de internet.
“Si bien no incluye contenido, sí se puede identificar desde dónde se hacen las comunicaciones, quién se comunica con quién y desde dónde, inclusive dónde se encuentran los celulares sin hacer una llamada”, explicó Sequera y agregó que con los datos de tráfico también se podrán conocer las páginas webs que se visitan.
“La ley en sí atenta a un montón de derechos constitucionales. Viola el artículo 36 de la Constitución, que habla de la inviolabilidad de contenido de la comunicación. Eso se puede trasladar a un metadato, porque hay un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que dictamina que los metadatos deben ser cuidados igualmente que el contenido”, señaló la activista.
Por otro lado, destacó que en otros países como Argentina ya fueron declaradas inconstitucionales leyes de este tipo. Incluso la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró inválido el mismo tipo de retención de datos de tráfico que se busca implementar en Paraguay, comentó.
Sequera recordó experiencias de otros países como Alemania, en las que el Estado utilizó datos de tráfico de internet con fines políticos, para espiar y monitorear a opositores y periodistas.
“ES NECESARIA”. Por su parte, el fiscal de Delitos Informáticos, Ariel Martínez, manifestó que esta ley no viola derechos constitucionales y aseguró que se trata de una herramienta necesaria hoy en día para la investigación penal. “Ese celo supuesto de que a partir de hoy recién las telefónicas van a guardar datos es un desconocimiento total de cómo funcionan en realidad las prestadoras de servicio de internet (...) La ley va a ser una ventaja para el ciudadano, porque va a reglamentar esta actividad, va a decir que solo se pueden utilizar estos datos cuando hay una sospecha de la comisión de hechos punibles por parte de esa persona y con una orden judicial”, declaró.
“Necesitamos una ley de protección de datos personales bien fuerte que sea el contrapeso de esto, que sea la garantía de los ciudadanos. Hoy los datos son pertenencia patrimonial de las empresas y no de los ciudadanos. Eso es lo que tenemos que regular y si es posible saquemos las dos leyes al mismo tiempo”, añadió.
Desmintió que se trate de un espionaje masivo y aseguró que el Estado solo podrá acceder a datos del tráfico de una persona cuando haya una fundada sospecha de un delito, por lo que no se tratará tampoco de una violación del derecho a la intimidad de las personas.
El fiscal aseguró que la única opción que tiene Paraguay actualmente en este campo es la de retención de datos.