Desde hace diez años se encuentra cajoneado en el Congreso el proyecto de ley presentado por la Sociedad Protectora de Animales y Plantas del Paraguay (SPAPP), que pide considerar a los animales como una figura legal que permita aplicar castigos ejemplares a quienes incurran en cualquier tipo de maltrato a los mismos.
La pretendida normativa -que busca ser complementaria a la Ley 1.286/98 Código Procesal Paraguayo- sugiere tipificar cada caso por el grado de dolor, tortura, daño físico o síquico y/o muerte de ejemplares, domésticos o silvestres, cualquiera sea su especie. Su implementación partiría de un sumario que establezca la culpabilidad, donde se determinan también multas que no excederán los G. 2 millones o alternativamente pena de cárcel.
PRESENTACIÓN. El planteamiento de Francesca Crosa, en su carácter de titular de la SPAPP, que ingresó a mesa de entrada de la Cámara Alta en diciembre de 1999 bajo la presidencia del senador Juan Carlos Galaverna, señala que por sobre todas las cosas se pretende garantizar la protección de todo animal, salvaguardándolo de crueldades, maltratos y sobrecargas (en el caso de los carros tirados por caballos).
Un aspecto resaltante es la introducción del concepto de “sufrimiento innecesario”, para la penalización correspondiente, lo cual se da cuando sus respectivos propietarios los utilizan para actos injustificados e irrazonables, donde también se menciona la omisión de prestación de auxilio en casos de abuso.
VACÍO. El pedido formulado por Francesca Crosa en nombre de la Sociedad Protectora sostiene que no es posible que el Código Procesal Paraguayo no cuente con un solo artículo que pueda ser utilizado en defensa de la fauna y la flora de nuestro país.
Ella afirma que al consultar legislaciones extranjeras se comprobó que el animal es considerado una figura legal y que, en el caso de la nuestra, este objetivo se podría lograr encuadrando el tema en “hechos punibles contra la propiedad privada”, establecido en el artículo 157 de la Ley 1.160/97 Código Penal y, “acción penal y privada” fijado en el artículo 17 de la Ley 1.286/98 del Código Procesal Paraguayo.
La defensora de animales puntualizó que no puede ser que un código tenga lo relacionado a defensor público o comunidades indígenas, pero se olvide de la fauna y la flora.
“También se debió haber pensado en estos campos al momento de elaborar esa legislación”, concluyó.
BUSCAN APOYO CIUDADANO POR LA APROBACIÓN
Un grupo de ciudadanos inició una campaña de apoyo para peticionar al Congreso la sanción del proyecto de ley que apunta a penalizar los maltratos a los animales.
Ella es impulsada por Rosanna Vera Alegre, quien habilitó su dirección de correo rosvera161@hotmail.com para que las personas que quieran sumarse a esta iniciativa den su nombre y número de cédula de identidad.
La petición será entregada al Parlamento en pos de lograr la aprobación de la pretendida normativa.
En los próximos días se realizarán volanteadas en la calle Palma, en Asunción, para que la ciudadanía se sume a esta campaña.