Este apartado de la Carta Magna habla de los deberes y atribuciones de la reunión o sesión del Congreso, es decir, de ambas cámaras juntas, y en la parte final señala que debe estar encabezada por el presidente del Senado, que en su ausencia, puede ser sustituido por el presidente de Diputados, que es el vicepresidente del Congreso.
“El presidente de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados presidirán las reuniones del Congreso en carácter de presidente y vicepresidente, respectivamente”, menciona el artículo.
En ese sentido, el proyecto presentado busca reglamentar para dejar bien sentado que en caso de una reunión bicameral, en ausencia del presidente del Senado, es el presidente de Diputados el encargado de dirigir la sesión.
El proyectista Bachi Núñez explicó que el proyecto surgió luego de que la sesión de la bicameral haya sido presidida por el senador Sixto Pereira, del Frente Guasu, quien es vicepresidente del Senado, por ausencia del presidente, Óscar Cachito Salomón, quien presentó una nota para designar a Pereira en su reemplazo, según indicó el diputado. “Eso no corresponde. Él es vicepresidente del Senado, no del Congreso”, criticó.
Pereira, en ejercicio de la Presidencia del Congreso Nacional, instaló en setiembre la Comisión Bicameral de Presupuesto para el estudio del proyecto de ley del Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2022. Fue electo para presidir esta Comisión el senador Juan Darío Monges y como vicepresidente, el diputado Tadeo Rojas.