Tener los síntomas de Covid-19 no es prueba suficiente para los administradores de las empresas, que sin la constancia descuentan el salario o simplemente despiden a los trabajadores. Carlos está en Atención al Cliente. Lleva días con los síntomas, pero no logra ingresar al 154 para acceder al documento para el aislamiento durante 14 días.
Los empleadores tienen conocimiento del caso, pero no otorgan el permiso para la ausencia laboral, pasando por alto el Código Sanitario, según la denuncia. No solo acceder al certificado es una odisea, sino también agendar un turno para el test Covid.
Esta es una situación por la cual atraviesan muchos trabajadores en plena pandemia y no denuncian por temor a quedar desempleados.
OPCIONES. Pero la constancia de aislamiento no solo se puede obtener a través del 154, sino también tras una consulta en un hospital de contingencia; es decir, el médico tratante puede emitir el documento, explicó la doctora Natalia Meza directora del Sistema 154. El servicio registra un promedio de 2.500 llamadas por día.
El documento tiene que estar firmado por un médico de cabecera, de un servicio público, privado o de salud ocupacional de la empresa. “La constancia se genera a través de 154 a las personas que presentan síntomas respiratorios y a todos los que sean contactos estrechos de casos positivos confirmados por laboratorio”.
Incumplimiento. El Decreto del Poder Ejecutivo sobre la fase 3 de la cuarentena inteligente establece el trabajo en cuadrillas, es decir el 50% de manera presencial, pero hay muchas empresas que no cumplen con la disposición sanitaria, según las denuncias que se reciben en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess). Reciben un promedio semanal de 500 denuncias por incumplimiento de las medidas sanitarias.
“Si es que el funcionario que está con síntomas va a aislamiento, independientemente a que tenga o no el certificado, se tiene que quedar en su casa, eso es protocolo del Ministerio de Salud”, dijo el viceministro de Trabajo, Luis Orué.
Tras el periodo de aislamiento, si el trabajador se presenta en su puesto laboral con el documento, no debería ser despedido. “Si se le despide, es injustificado. Tampoco va a correr el abandono de trabajo porque existe una causa legal para poder ausentarse en su lugar de trabajo”.
Si la persona consulta con su médico tratante o en un servicio de salud, el médico le puede generar la constancia. Doctora Natalia Meza, directora del Sistema 154.
Si es que el funcionario que está con síntomas va a aislamiento, independiente-mente a que tenga o no el certificado. Luis Orué, viceministro de Trabajo.