20 abr. 2024

Por deudas, BNF deja a un anciano sin su salario de jubilación

El afectado recurrió a la Justicia para lograr que no le descuenten el cien por ciento de su jubilación en forma mensual por las deudas que tiene. El juez admitió su amparo, pero en Apelación lo revocan.

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Sin dinero. El BNF realiza descuentos compulsivos.

Un jubilado de las Fuerzas Armadas, Ignacio Morínigo, planteó un amparo contra el Banco Nacional de Fomento (BNF). Dice que todos los meses, desde hace un año, la entidad se queda con todo su salario de jubilación, ya que descuenta en forma automática las deudas que tiene.

El mismo planteó un amparo ante el juez de Garantías, Raúl Florentín, para lograr que pueda percibir sus haberes. El juez concedió el amparo, pero ahora, el Tribunal de Apelación en lo Penal, Tercera Sala, revocó el fallo y seguirá sin poder cobrar su jubilación.

La acción fue planteada por Ignacio Morínigo, quien dice que es jubilado hace 19 años, y que, desde hace un año le descuentan el cien por ciento de su jubilación, que es de G. 8.003.376, que el Ministerio de Hacienda le deposita mensualmente en el BNF.

Refirió que vive en la absoluta pobreza, ya que no tiene familiares y no puede acceder a su dinero. Alega que la entidad le descuenta la totalidad de sus haberes y que presentó incluso una revocatoria de la autorización para el descuento.

Sin embargo, el BNF continúa descontando todo lo que Hacienda le deposita, por un préstamo atrasado, sin siquiera tener una orden judicial. Con ello, pide el cese de los descuentos, ya que ni siquiera tiene para alimentarse.

Por su parte, el BNF solicitó el rechazo del amparo. Refiere que el amparista suscribió un contrato de prestamos que autoriza en forma irrevocable al descuento compulsivo de su salario. Además, que el banco no recibió depósito alguno de enero a mayo, por lo que no pudo realizar los descuentos.

El juez Florentín admitió el amparo con el argumento de que los descuentos son arbitrarios por existir una desautorización del titular, con lo que deja de ser un mero servicio o operación comercial. Alega que el banco debe demandar judicialmente para cobrar las deudas.

Esto fue apelado por el abogado José Marcelo Arévalos, en representación del BNF, ante el Tribunal de Apelación en lo Penal, Tercera Sala, integrado por los camaristas Cristóbal Sánchez, Agustín Lovera y José Waldir Servín.

Los mismos revocaron la resolución del juez Raúl Florentín. Entienden que el pedido del jubilado Ignacio Morínigo no reúne los requisitos para conceder el amparo, sino que debe hacer una demanda en el fuero Contencioso Administrativo, por lo que revocan la resolución. Ahora, seguirán los descuentos compulsivos.

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