10 may. 2024

Piden al TSJE reglamentar obligación del sufragio

El Senado aprobó un proyecto de declaración que exhorta al TSJE (Tribunal Superior de Justicia Electoral) a reglamentar los artículos 94 y 332 de la ley que establece el Código Electoral Paraguayo.

Esta propuesta fue promovida por la senadora del Partido Patria Querida (PPQ) Georgia Arrúa, y hace referencia a la obligación del sufragio en las elecciones.

“Las elecciones generales están previstas para el 30 de abril del 2023. Es el octavo evento electoral general y nacional desde el inicio de la era democrática en nuestro país”, fue el argumento.

“Desde el año 1996 y hasta el presente, rige como precepto obligatorio en todo el territorio la Ley 834 que establece el Código Electoral Paraguayo”, se remarca.

Se indica que la normativa abarca todo “lo relativo al ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos, el ejercicio del sufragio, las obligaciones que corresponden al órgano electoral, a las organizaciones políticas y partidarias, y todo el proceso electoral en sí”.

“Le Ley Electoral vigente establece en su artículo 4° y en concordancia con el artículo 118 de la Constitución Nacional, que el ejercicio del sufragio constituye una obligación para todos los ciudadanos habilitados”, se sostiene en la declaración.

“El incumplimiento es considerado una falta y deberá ser sancionado por la autoridad competente en la materia, conforme lo establece el artículo 332 del mismo cuerpo legal”, se alega.

“La norma legal referida prevé taxativamente la eximición de esta conducta obligatoria para aquellos ciudadanos que cumplen con lo contemplado en el artículo 94”, se señala.

Se cuestiona que a más de un cuarto de siglo, los artículos no cuentan con una reglamentación.


Quieren agilizar los proyectos sin dictámenes
Una vez más los senadores volvieron a modificar dos artículos del reglamento interno, y el objetivo sería que se puedan tratar igual los proyectos que no tengan dictamen de la Comisión de Hacienda. Finalmente, se resolvió que ningún proyecto que requiera dictamen de Hacienda pueda ser tratado en el espacio denominado sobre tablas, antes del orden del día. Por otro lado, si uno de los proyectos que figuran en la agenda no tiene dictamen, se plantea que el Senado puede constituirse en Comisión, pero debe haber mayoría de 23 votos.


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