Se trata de medidas especiales y transitorias a través de pagos diferidos de facturas y fraccionamiento en cuotas en los servicios básicos de energía eléctrica. Las empresas deberán estar certificadas en el Ministerio de Industria y Comercio e incluidas en el listado remitido por la ANDE.
Se autoriza, de esta manera, a la empresa de electricidad a diferir el vencimiento de las facturas emitidas hasta el mes de febrero de 2021 de los suministros de energía eléctrica incluidos en el listado del MIC, y a fraccionar en 18 meses sin intereses ni recargas por mora las deudas acumuladas de los mismos en concepto de consumo de energía eléctrica.
El decreto también dispone que los datos consignados por los potenciales beneficiarios, verificados y validados mediante el intercambio de información con la Subsecretaría de Estado de Tributación y del Instituto de Previsión Social (IPS), serán los criterios empleados por el MIC para la certificación de la calidad de los beneficiarios del decreto.
El turismo, la gastronomía y los eventos fueron los sectores más golpeados por las medidas restrictivas, respecto de la pandemia.