24 abr. 2024

Nueva ley prohíbe reventa del billete electrónico

Control. Sedeco se encargará de ejercer un control para evitar la reventa del sistema de billetaje electrónico.

Control. Sedeco se encargará de ejercer un control para evitar la reventa del sistema de billetaje electrónico.

Foto: Archivo UH.

El presidente Mario Abdo Benítez promulgó la Ley 6686 que prohibe la reventa del billetaje electrónico. El sistema volverá a entrar en rigor desde el 1 de febrero.

El objetivo es proteger a los usuarios del transporte público en su calidad de destinatarios, en lo que respecta a la adquisición y recarga del billetaje.

La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco) será la autoridad de aplicación de las disposiciones contenidas en esta ley. Se encargará de la supervisación, fiscalización y sanción.

Queda prohibido ofrecer y vender los medios de pago electrónico, por un precio mayor al fijado a los consumidores finales por parte de las empresas prestadoras del servicio emisora de los mismos.

También está prohibido ofrecer o realizar recargas de los medios de pago electrónico, por un monto nominal inferior al valor monetario de la recarga a realizar o realizada.

La ley señala que todas aquellas personas que tienen conocimiento de la comisión de esta infracción deberá comunicarlas o denunciarlas a Sedeco, en forma física, a través de su página web institucional o de una aplicación habilitada para tal efecto.

Se debe identificar al supuesto infractor con los datos que hubiera podido revelarse, el sitio donde ocurre el ilícito. También debe aportar información sobre el precio ofertado. Será importante aportar con algunas fotografías como medio de prueba de la denuncia y otras circunstancias y elementos que pudieran ayudar a individualizar al infractor y acreditar el acto cometido.

la multa. De acuerdo a lo establecido por el Poder Ejecutivo, las personas que cometen la infracción serán sancionadas administrativamente con multas que van de 10 hasta 100 jornales mínimos.

Queda a cargo de la presidencia de la República la reglamentación para establecer el procedimiento administrativo, atenuantes, agravantes, tales como la reincidencia y el daño potencial y el efecto generado.

Sedeco creará un registro de acceso público virtual de los sujetos infractores de esta ley, que fueron sancionados administrativamente. Este sistema será actualizado mensualmente con los datos de identidad de los infractores en un plazo de tres años.

De oficio podrán incautar, retener los medios de pago electrónico que se ofrecen transgrediendo la prohibición establecida en la ley.

Inclusive podrá derivar el caso ante el Ministerio Público para avanzar una investigación.

Más contenido de esta sección
Las ventas al público en los comercios pyme de Argentina cayeron un 25,5% interanual en febrero pasado, golpeadas por la pérdida de poder adquisitivo de los consumidores a causa de la elevadísima inflación, y acumulan un declive del 27% en el primer bimestre del año, según un informe sectorial difundido este domingo.
El mandatario decidió crear el fondo nacional de alimentación escolar esperando un apoyo total, pues quién se animaría a rechazar un plato de comida para el 100% de los niños escolarizados en el país durante todo el año.
Un gran alivio produjo en los usuarios la noticia de la rescisión del contrato con la empresa Parxin y que inmediatamente se iniciaría el proceso de término de la concesión del estacionamiento tarifado en la ciudad de Asunción. La suspensión no debe ser un elemento de distracción, que nos lleve a olvidar la vergonzosa improvisación con la que se administra la capital; así como tampoco el hecho de que la administración municipal carece de un plan para resolver el tránsito y para dar alternativas de movilidad para la ciudadanía.
Sin educación no habrá un Paraguay con desarrollo, bienestar e igualdad. Por esto, cuando se reclama y exige transparencia absoluta en la gestión de los recursos para la educación, como es el caso de los fondos que provienen de la compensación por la cesión de energía de Itaipú, se trata de una legítima preocupación. Después de más de una década los resultados de la administración del Fonacide son negativos, así como también resalta en esta línea la falta de confianza de la ciudadanía respecto a la gestión de los millonarios recursos.
En el Paraguay, pareciera que los tribunales de sentencia tienen prohibido absolver a los acusados, por lo menos en algunos casos mediáticos. Y, si acaso algunos jueces tienen la osadía de hacerlo, la misma Corte Suprema los manda al frezzer, sacándolos de los juicios más sonados.
Con la impunidad de siempre, de toda la vida, el senador colorado en situación de retiro, Kalé Galaverna dijo el otro día: “Si los políticos no conseguimos cargos para familiares o amigos, somos considerados inútiles. En mi vida política, he conseguido unos cinco mil a seis mil cargos en el Estado...”. El político había justificado así la cuestión del nepotismo, el tema del momento.