La defensa del diputado Miguel Jorge Cuevas planteó una acción de inconstitucionalidad ante la Corte, donde solicita la suspensión del juicio oral hasta tanto los ministros resuelvan la causa.
El abogado Guillermo Duarte ataca la resolución del 5 de julio pasado del juez Yoan Paul López, que elevó el caso a juicio oral. También ataca el fallo del Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala, del 17 de agosto pasado, por el que se declaró inadmisible el recurso planteado por la defensa del legislador colorado.
Según dice Duarte, las resoluciones lesionan gravemente los artículos 11, 16, 17 numeral 9, 18, 137 y 256 de la Constitución Nacional, el artículo 8, incisos g y h, del Pacto de San José de Costa Rica, a más de los artículos 5, 9, 10 y 125 del Código Procesal Penal.
Sostiene que los camaristas decidieron no estudiar su recurso, pese a las graves violaciones constitucionales. Indica que se viola el derecho a la doble instancia.
Alega que los camaristas reconocen la existencia de los fallos de la Corte que dicen que si bien el auto de apertura a juicio oral era inapelable, las otras resoluciones que se dan sí lo son.
Sin embargo, apunta que los camaristas desobedecen a la Sala Constitucional y que dicen que el fallo del Máximo Tribunal “es solo un precedente” que riñe con los fallos firmes y uniformes en sentido contrario, obrantes en la Sala Penal de la Corte, y de los Tribunales de Apelación.
Señala que los camaristas no podían desconocer a la Corte Suprema. Después, acota que la resolución violenta claras normas constitucionales y tratados internacionales.
Por otro lado, ya con respecto al fallo de Otazú, afirma que el delito de declaración falsa que se atribuye a Miguel Cuevas, por su declaración jurada ante la Contraloría no constituye un hecho punible.
Explica que la Contraloría no es un órgano facultado para tomar juramento, además de que la misma Constitución señala que nadie está obligado a declarar contra si mismo.
Duarte indica que el delito de declaración falsa protege la prueba testimonial, que es la que se presenta en un proceso, por lo que “la mera presentación de datos o información ante la CGR no puede ser considerada declaración” en el sentido de una prueba testimonial, apunta.
Refiere que el juez rechazó en forma arbitraria el pedido de sobreseimiento por este delito porque el juez sostuvo que no puede considerar cuestiones propias de un juicio oral, por lo que rechazó el pedido.
Con ello, pide anular los fallos, con respecto a este delito. Solicita traer a la vista el expediente, y que como medida cautelar, se disponga la suspensión del juicio hasta tanto se dicte una sentencia en la presente acción.
Explica que solo ataca el delito de declaración falsa y no de enriquecimiento ilícito.
con TRIBUNAL. Por otro lado, el diputado Cuevas ya tiene Tribunal de Sentencia que le juzgará.
Los jueces designados son María Luz Martínez, Elio Ovelar y Víctor Alfieri, según el sorteo realizado en la secretaría del juzgado de Yoan Paul López.
No obstante, de acuerdo con el abogado, el caso debe ser juzgado por un Tribunal de Sentencia especializado en Delitos Económicos, y no por un Tribunal ordinario.
Por ahora, el caso estará parado a raíz de la inconstitucionalidad planteada.