18 abr. 2024

Los procesos judiciales convierten a niños y niñas en “pasilleros”

Profesionales sostienen que en muchas ocasiones se dista de proteger y velar por la integridad de los infantes y de los adolescentes.

Marian Quiroga

Más que un problema jurídico es una gran problemática social. Utilizar a los niños, niñas y adolescentes (NNA) como objetos y no como sujetos de derecho, con relación al reconocimiento de su dignidad, entra en contradicción al intentar hablar sobre derechos de infancia y la definición que se hizo de los niños con respecto a eso.

El presidente de la Coordinadora por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (CDIA), Aníbal Cabrera Echeverría, menciona que existe una fuerte brecha entre el deber y el hacer. “En la práctica los procesos judiciales en muchas ocasiones distan de proteger a los NNA, los convierten en niños y niñas pasilleros que crecen paseando de juzgado en juzgado”, menciona.

Tanto la Constitución Nacional como el Código de la Niñez y la Adolescencia y la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y de la Niña indican que, en casos de conflicto, los derechos de niñas, niños y adolescentes tienen carácter prevaleciente.

SUJETOS NO OBJETOS

El sistema tiene la finalidad de garantizar y velar por los derechos de los niños y así lo plantean en las leyes y artículos, inclusive de rango constitucional. Sin embargo, en todos los ámbitos de sus vidas, siguen siendo vistos como objetos, como propiedad de alguien, y no como personas, sujetos de derechos, con capacidades, que van adquiriendo una autonomía progresiva a medida que crecen y se desarrollan; y en donde las personas adultas son custodios de sus vidas y no sus dueños.

Cabrera Echeverría afirma que esta situación se presenta principalmente en estratos sociales de clase media y alta, en donde los intereses están puestos en los bienes que tienen o pueden tener cada una de las partes, o en quien gana el trofeo de quedarse con el niño y no se corresponde con los intereses reales que tiene una niña, niño o adolescente. “Que es vivir y crecer en un ambiente sano, en familia, ir a la escuela, jugar, desarrollarse y tener una trayectoria de vida libre de violencias, el sistema debe evitar por todos los medios que el niño quede colocado en el doloroso lugar del medio de una disputa entre las dos personas que son sus referentes afectivos más cercanos”, añade.

Por su parte, el abogado Alejandro Riera, dedicado al derecho de familia, agregó que por una forma errónea los padres siguen enviando a los hijos a expedientes judiciales, esta situación es más que un problema jurídico, es un problema social y de falta de educación.

“Es enorme la cantidad de padres que siguen enviando a sus hijos como objetos y no como un sujeto de derecho, incluso en un juicio de régimen de relacionamiento todavía los padres hablan de su derecho de compartir con sus hijos y ni mencionan ni conceptualizan que el régimen de relacionamiento es el derecho del niño de compartir con sus padres, no el derecho del padre de imponer su presencia al hijo”, refiere.

Riera lamenta la forma en que actúan muchos progenitores en las audiencias. “Tienen completamente plantado el chip de que el niño es un objeto por el cual pelean y no es un sujeto de derecho y eso es un problema social, de educación y hay que ponerse a replantearse la forma en que vemos a los niños”, agrega.

El principio del interés superior del niño proporciona un parámetro objetivo que permite resolver los problemas de los niños, niñas y adolescentes, en el sentido de que la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos. De esta manera, frente a un presunto interés del adulto, se prioriza el del niño. Sin embargo, el sistema adolece de defectos, entre ellos, la falta de suficiente especialización en varios de sus integrantes. “El Poder Judicial tiene una deuda histórica en cuanto a inversión en este sector”, comenta el titular de la CDIA.

Lo anterior hace que, en la mayoría de los casos, los intereses de las personas adultas prevalezcan sobre los de las niñas, niños y adolescentes.

“Que en muchas ocasiones ni siquiera pueden ejercer su derecho a ‘ser oídos’ y a que ‘su opinión sea tenida en cuenta’ en los procesos judiciales. La sociedad y sus instituciones siguen viendo a las niñas, niños y adolescentes (NNA) como objetos en disputa, y no como sujetos de derechos”, subraya Aníbal Cabrera.

Para los niños, niñas y adolescentes, existen garantías constitucionales, pero eso no significa que se cumplan.

“Los marcos legales no le cambian la vida a NNA de la noche a la mañana; es una serie de disposiciones legales e institucionales, que deben funcionar, con recursos adecuados y en todo el territorio, lo que hace que sus derechos estén garantizados. Pero, además, las prácticas de quienes operan el sistema de justicia deben ajustarse a derecho y brindar mejores opciones de seguridad jurídica para las niñas, niños y adolescentes, son ellos los responsables de aplicar tales disposiciones constitucionales y legales”, concluye Aníbal Cabrera.