Por Natalio Rubinsztein(*)
I. ¿Qué son los impuestos y los tributos?
Generalmente, se tiende a creer que los términos “tributo” e “impuesto” son sinónimos. Sin embargo, los impuestos son solo una clase de tributos. Los tributos comprenden tres clases: a) las tasas, en las que quien las abona recibe a cambo un servicio, como, por ejemplo, el peaje; b) las contribuciones especiales, donde existe una relación directa entre la cantidad que se abona y el servicio que se recibe, como puede ser, por ejemplo, el asfaltado de una calle; c) los impuestos propiamente dichos, en donde no existe una contraprestación especial y se utilizan para financiar gastos de administración del Estado, obras públicas, etc.
II. ¿Qué es el impuesto a la renta del servicio de carácter personal (IRSCP)?
Es un impuesto directo que grava el ejercicio de profesiones universitarias, el ejercicio de cualquier actividad desarrollada por personas que se encuentren en posesión de un título otorgado por una entidad reconocida por autoridad competente que los habilite para desarrollar alguna técnica u oficio, el ejercicio de cualquier oficio y la prestación de servicios personales de cualquier naturaleza. También grava el ejercicio de las actividades de las sociedades simples. Lo debe pagar quien recibe la renta, y no puede trasladarse a otro individuo. A diferencia de los impuestos indirectos en los cuales, como el impuesto al valor agregado (IVA), debe ser incluido en la factura por quien vende o bien presta un servicio, pero lo soporta el comprador final de dicho bien o servicio.
III. ¿Quiénes serán los contribuyentes del IRSCP para el año 2007?
Como ya se mencionó en entregas anteriores, para este primer año serán contribuyentes aquellos individuos que durante el año calendario 2007 ganen y perciban ingresos originados en algunos de los casos indicados en el punto II. precedente, por encima de 120 salarios mínimos. Quien o quienes ganen por debajo de dicha cifra, no estarán sujetos a este impuesto durante el ejercicio 2007. Las sociedades simples serán contribuyentes independientemente del monto de su facturación.
IV. ¿Quiénes serán contribuyentes del IRSCP para los años sucesivos?
El monto de los 120 salarios mínimos anuales se considera solo para el año en curso. A partir de este primer año, dicho monto se va reduciendo en 12 salarios mínimos al año. Así entonces, para el año 2008, serán contribuyentes los que ganen por encima de los 108 salarios mínimos vigentes, para el año 2009 los que ganen por encima de 96 salarios mínimos y así sucesivamente hasta el año 2014, en el que serán contribuyentes los que perciban al año por encima de los 36 salarios mínimos vigentes.
V. ¿Cuál será la tasa del impuesto?
Para el caso de los que ganen más de 120 salarios mínimos al año, la tasa del impuesto será del 10%, determinada sobre los ingresos gravados menos los gastos e inversiones deducibles, de acuerdo con lo que establecen la ley y su reglamentación. Para los que comiencen a ser contribuyentes a partir del año 2008, en que el número de salarios mínimos para ser considerado contribuyente irá disminuyendo, la tasa del impuesto será del 8% sobre los ingresos gravados menos los gastos e inversiones deducibles (lo que se denomina la Renta Neta Imponible).
(*) Socio de BDO Rubinsztein & Guillén – Auditores Consultores