El fiscal Diego Arzamendia expuso que la resolución de la magistrada agravia al Ministerio Público, ya que pone en tela de juicio el trabajo realizado por los agentes durante los últimos dos años y por eso van a responder al fallo de la jueza a través de la apelación que aún no tiene fecha de presentación.
Además, consideraron que la causa debe ser llevada a juicio. “Venimos a defender la acusación, ya que tiene elementos de convicción que fueron obtenidos a lo largo de la etapa preparatoria de manera legal. Estamos llevando adelante una investigación objetiva que debe ser tratada en un juicio oral y público”, apuntó Arzamendia.
Por su parte, el fiscal Francisco Cabrera agregó que el análisis para sacar una conclusión de sobreseer o llevar a juicio es competencia de otro magistrado. “La valoración de una prueba no puede ser analizada por una jueza Penal de Garantías. Esa convicción tiene que figurarse en el Tribunal de Sentencia”, detalló.
MÁS DE 30 TOMOS. De acuerdo con las pruebas que maneja el Ministerio Público contra el clan Zacarías, los fiscales apuntan a que en la acusación, que tiene más de 200 páginas, existen sobrados elementos de hechos con respecto al senador y su esposa, la ex intendenta, que fueron omitidos por la jueza.
“La carpeta fiscal posee más de 30 tomos, todo eso debe ser valorado. Hay pruebas documentales y testimoniales, se realizaron pericias e informes técnicos”, explicó Cabrera.
La Fiscalía investigó supuestos pagos que se realizaron entre 2014 y 2018 por parte de la Municipalidad de Ciudad del Este en concepto de publicidad y propaganda a favor de la firma Frontera Producciones, para la campaña política de los Zacarías.
“Se corroboró que estos pagos no fueron destinados en concepto de los servicios contemplados en los contratos y en el pliego de bases y condiciones”, relataron.
También apuntaron a que no solo se basaron en la declaración del ex director de prensa de la Municipalidad de CDE Juan Sanabria.
“Se analizaron órdenes de pagos, cheques, notas de servicios, actas de recepciones de servicios, testimonios y contratos con medios de comunicaciones. En la acusación está fundamentada la actuación”, remarcó.
DOS PUNTOS. El sobreseimiento dado por la jueza Garcete se refiere a dos motivos, uno que supuestamente no estaban descriptas las actuaciones de Zacarías y McLeod.
El otro es por una excepción de falta de acción, ya que en el proceso de rendición de cuentas un Tribunal de Cuentas ya había aprobado esa rendición y no se detectó irregularidad.
Sin embargo, la Fiscalía apunta que eso fue en el ámbito administrativo, que nada tiene que ver con lo penal.
Argumentos de la jueza ponen en tela de juicio labor de la Fiscalía, que vamos a responder (apelar) para que se revierta.
Diego Arzamendia,
fiscal.
La valoración de una prueba debe ser hecha por el Tribunal de Sentencia, no por una jueza Penal de Garantías.
Francisco Cabrera,
fiscal.