18 oct. 2025

Laboralista dice que ley exime a domésticas de emitir factura

No. Las trabajadoras domésticas no deben inscribirse en el Registro Único del Contribuyente (RUC) y emitir facturas en concepto de prestación de servicios personales, como lo declaró ayer el viceministro de la Subsecretaría de Estado de Tributación, Fabián Domínguez. Así lo afirman Librada Maciel, del Sindicato de Trabajadoras Domésticas y afines de Itapúa (Sintradi), y el abogado laboralista Jorge Rojas Rotela.

La Ley 5407 del Trabajo Doméstico es una ley complementaria del Código Laboral, pues en su artículo 1 señala que la relación laboral entre el trabajador y el empleador, derivada de la prestación de un trabajo doméstico, se regirá por las disposiciones de la presente ley, sin perjuicio de lo establecido en el Código del Trabajo, señala.

Rojas explica que lo planteado por el viceministro de la SET es un fraude a la ley laboral porque encubre las relaciones laborales con las relaciones de prestaciones de servicios, ya que la situación fundante de la Ley de Trabajadoras Domésticas no cambió en ningún momento, solo un artículo que giraba en torno a la remuneración.

Las trabajadoras domésticas –comenta Rojas– al convertirse en supuestos “prestadoras de servicios” que emiten facturas se quedan sin todas las indemnizaciones y beneficios sociales por despido injustificado, por ejemplo.

“Esta es una práctica común entre los empleadores, pero ya fue pulverizada por la jurisprudencia, es el fraude a la ley de contratos de prestación de servicios civiles para no ceñirse al fuero laboral”, indica.

Por su parte, Librada Maciel lamenta que el viceministro Domínguez emita opiniones que confunden a la ciudadanía. “El viceministro ni siquiera entiende. En la ley está que las trabajadoras domésticas tenemos que tener IPS sí o sí y no necesitamos boleta legal como él dice”, responde la dirigente del sector.

En el transcurso de las horas anunció la difusión de un comunicado para aclarar la situación de confusión que genera las declaraciones del viceministro.

El funcionario de Tributación había comentado que la cuestión del RUC para servicios personales incluye el servicio doméstico, y “hay una obligación de emitir factura por parte de aquellas personas que no tengan una relación de dependencia (…). El independiente se constituye en una empresa individual y debe tener factura que a la gente le sirva como gasto deducible”, según expresó en Monumental 1080 AM.

Precisó que el tema impositivo afecta a las domésticas, ya que en algunos casos los empleadores podrán requerir solo servicios independientes, en lugar de mantener una relación interpersonal.