Las evidencias del comercio ilegal del dorado ponen en la mira a la Secretaría del Ambiente (Seam), y al Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa), debido a que son las principales instituciones responsables del control del comercio de pescados del país.
Según la ley Nº 3.556/08, de pesca, las citadas instituciones, junto al Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio Público, la Prefectura General Naval, el gremio de pescadores comerciales y universidades públicas, integran el Consejo Nacional de Pesca y Acuicultura.
La normativa establece que la Seam tiene como atribuciones y obligaciones determinar las especies, tamaños, épocas y lugares de pesca, así como la veda y el volumen de captura de los pescados, “verificando el estricto cumplimiento”.
También dispone que la Seam es la encargada de “establecer, supervisar y controlar el estricto cumplimiento de la ley”.
Otra de las obligaciones de la entidad medioambiental es establecer mecanismos para la protección de los ecosistemas vitales para los peces y los lugares de desove (poner huevos).
A partir de las pruebas obtenidas por la investigación de ÚH y Telefuturo, sobre la vigencia del comercio ilegal del dorado, se observa un alto déficit del control por parte de la Seam.
Incluso, la ley 3.191, que prohíbe la extracción y comercialización de la citada especie ictícola, se constituye en un instrumento legal de gran ayuda para los fines de la Seam.
Esta ley había sido sancionada con el objetivo de frenar la depredación de la cual era objeto el dorado.
Por otra parte, el Senacsa también aparece con alta responsabilidad en materia de control del comercio pesquero, según la ley 3.556.
Una de sus principales obligaciones es “inspeccionar, registrar y fiscalizar establecimientos de procesamiento, acondicionamiento, almacenamiento y comercialización de productos pesqueros y de la acuicultura”.
También debe registrar, habilitar, certificar, inspeccionar y reglamentar el transporte de productos pesqueros y de la acuicultura. Si el Senacsa cumpliera estas obligaciones, no se explica cómo tan fácilmente son transportados y comercializados ejemplares de dorado.
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