La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), a cargo de Pablo Seitz, explicó que los parientes o cónyuges de funcionarios públicos, solo están imposibilitados de concursar y adjudicarse contratos públicos en el lugar de trabajo de sus parientes. Comentó que no tienen control sobre los municipios, que son autárquicos y muchas veces “procesan y pagan (contratos)” sin venir del ente.
Dada la indignación que causó en los lectores de ÚH, los jugosos contratos que se adjudicó Patricia Cantero, esposa del diputado Sergio Rojas, por el total de G. 15 mil millones a través de una empresa denominada Construsur, consultamos a Seitz sobre los alcances de la ley y en qué casos los parientes están vedados de participar en convocatorias públicas. Mencionó que está en plena vigencia el Art. 40 de la Ley de Contrataciones en cuánto a las restricciones.“La regla básica es que cuando un funcionario pertenece a una empresa y esa pretende vender o proveer algo a una institución pública a la que pertenece, no hay posibilidad alguna, pero, si es a otra institución pública, se debe verificar que el funcionario solo sea accionista y no puede ser algo más que eso”, dijo.
“Así, la empresa de un cónyuge tiene el mismo grado de imposibilidad de un funcionario perteneciente a una entidad pública”, mencionó.
Reconoció que se dan estos casos porque “aún no tenemos un sistema tan avanzado que te permita detectar automáticamente a los parientes o vinculados. Allí no es problema de ley sino la operativa o sea, ¿cómo pones en un sistema para que haga esa detección, para saber si yo equis tengo un pariente vinculado a una contratación en mi institución?”, expresó.
Seitz dijo en torno a los excesivos contratos directos que realizan los municipios, que los mismos se dan porque tienen autarquía. Incluso, admitió que los municipios proceden aún sin autorización cuando inician un proceso y hacen desembolsos.