La Sala Constitucional de la Corte, rechazó in límine la acción planteada por la defensa del diputado Carlos Núñez Salinas, acusado por supuesto contrabando y producción de documentos no auténticos, por lo que la causa se destrabó parcialmente.
La resolución fue dictada por los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Miryam Peña, en forma unánime.
El legislador, a través del abogado Jorge Coronel, había atacado la resolución del 11 de agosto del 2017, del juez Humberto Otazú, y la del 28 de setiembre del 2017, del Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala.
El juez había cancelado la personería de su abogado defensor, y esto fue ratificado por los camaristas.
Según Núñez Salinas, las resoluciones, vulneran el derecho a la defensa y del debido proceso, por lo que pedía que las mismas fueran declaradas nulas e inaplicables.
Sin embargo, según entendieron los ministros, la acción planteada no reunía los requisitos formales para que sea estudiada.
Afirman que la competencia de la Sala Constitucional era excepcional, de interpretación restrictiva y no equivalían a una instancia ordinaria de revisión de decisiones judiciales.
Indican que no era la vía ordinaria para cuestionar la interpretación y valoración realizada por los magistrados, si dichas tareas se encuadraban dentro de los parámetros razonables que impidan de calificarlas de arbitrarias y no se demuestra la lesión concreta de rango constitucional.
Dicen los ministros que revisadas las resoluciones entienden que no se observaban indicios de arbitrariedad, con lo que rechazan in límine la acción; es decir, sin estudiar el fondo de la cuestión.
Ahora, solo está pendiente una excepción de inconstitucionalidad planteada por la defensa de Núñez Salinas. Hasta ahora, no se puede llevar adelante la audiencia preliminar en el caso. Hace poco confirmaron al juez Otazú en la causa.