24 abr. 2024

La Corte rechaza excepción de Froilán y vía libre para fallo

La Sala Constitucional de la Corte rechazó la excepción que promovió la defensa del ex rector de la UNA Froilán Peralta, con lo que ahora el Tribunal de Sentencia podrá dictar un veredicto.

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Destrabada. La Corte rechazó la excepción que promovió la defensa de Froilán Peralta.

En forma unánime se rechazó la excepción de inconstitucionalidad promovida por el ex rector de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) Froilán Peralta, con lo que se destraba la causa en el juicio oral por el caso conocido como UNA No te Calles.

Los ministros Víctor Ríos, César Diesel y Alberto Martínez Simón entendieron que la excepción de inconstitucionalidad debía ser rechazada.

Es que el Tribunal que juzga a Peralta junto a María del Carmen Martínez, conocida como la comepapeles, no podía dictar una sentencia hasta tanto la Corte no se expidiera sobre el pedido.

La excepción fue promovida por el abogado Juan Francisco Villalba, en representación del ex rector, en contra de la decisión de los jueces Javier Sapena, Leticia Fracchi y Ana Carolina Silvera, que rechazaron la prescripción de la acción penal, diferir la decisión al final del juicio y el rechazo del incidente de nulidad de la resolución que elevó el caso a juicio oral.

Además, también opusieron excepción en contra de la Ley 4995/13, que reglamenta las funciones de los actuarios judiciales.

Sostiene que las resoluciones violan el debido proceso, específicamente sobre el acceso a las pruebas.

EL FALLO. El ministro Ríos fue el preopinante. Remarca que las excepciones deben ser opuestas contra una ley o un instrumento normativo y no contra actos procesales.

Es que la defensa ataca las resoluciones judiciales dictadas por el Tribunal de Sentencia, por lo que entiende que la excepción no puede ser admitida.

Dice que la defensa de Peralta, a través de su excepción, lo que pretende es anular las resoluciones y no que se declare inaplicable la norma concreta.

Tanto los ministros Diesel como Martínez Simón se adhieren al voto, y argumentan en el mismo sentido de que la excepción debe ser contra actos normativos y no resoluciones judiciales.

Con ello, finalmente, se rechaza la excepción promovida, que fue presentada ya en el 2021, con el anterior Tribunal de Sentencia.

Hay que señalar que los jueces Javier Sapena, Leticia Fracchi y Ana Silvera habían declarado la interrupción del juicio oral, por lo que ahora, otros jueces son los que juzgan a Peralta y Martínez.

No obstante, la excepción que se promovió en el anterior juicio oral, recién ahora, con el nuevo juzgamiento fue rechazada. El nuevo tribunal está integrado por los jueces Victoria Ortiz, Pedro Nazer y Natalia Muñoz.

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