25 abr. 2024

La Corte confirma validez de licencia de conducir militar

La Sala Penal de la Corte revocó un acuerdo y sentencia del Tribunal de Cuentas, Segunda Sala por el cual se había dejado sin efecto la resolución de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (Antsv), que había reconocido y validado los registros de conducción militares.

La demanda había sido promovida por los representantes de las municipalidades de Ypacaraí, Ñemby, Valenzuela y Yaguarón, que habían atacado las resoluciones 11 del 16 de enero del 2019, y 56, del 31 de enero del 2019, ambas de la citada Agencia.

El fallo fue dictado en forma unánime por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes, que revocaron así la resolución dictada el 25 de marzo del año pasado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala.

La citada resolución 11 del 16 de enero del 2019 de la Antsv, resolvió el pedido de reconocimiento y validez del registro de conducción militar expedido por la Dirección General del Servicio de Tren (Digetren), y su inclusión en el registro nacional de licencias de conducir y antecedentes de tránsito de la ANTSV.

La segunda resolución es una nota del 31 de enero del 2019, dirigida a la directora Ejecutiva de la Antsv por la que se solicita la aprobación del modelo de licencia de conducir de la Digetren.

El recurso fue planteado por el abogado Fernando Ferreira por la Agencia Nacional de Tránsito, donde solicita que se revocara la resolución porque las municipalidades que plantearon la demanda no agotaron las instancias administrativas y que el Tribunal de Cuentas se extralimitó en su competencia. También apunta que no hubo perjuicio para los municipios demandantes.

Al estudiar el caso, los ministros apuntan que para que un acto administrativo sea recurrible, debe ser de carácter individual, sin embargo, los actos atacados por la demanda no reúnen los requisitos, porque no se expidieron en forma individual sobre alguno de los municipios.

Indica que son resoluciones de carácter general, por lo que no se encontraban reunidos los presupuestos para la demanda. De esta manera, los ministros entienden que se debe admitir el recurso de la demandada.

El ministro Manuel Ramírez Candia indica en su voto que las licencias de conducir militares no tienen efectos subjetivos individuales para los accionantes, porque para la resolución tuvieron participación el Comando Logístico, Digetren, quien pidió reconocer y validar los registros de conducir militares, y por otro la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.

Con ello, se adhiere al voto del preopinante Luis María Benítez Riera. También se adhirió la ministra Carolina Llanes.

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