25 ene. 2026

Juez ordena a colegio seguir año lectivo

Amparo. Por orden judicial, el colegio Chiang Kai Shek debe reabrir y continuar hasta culminar el presente año lectivo.

Amparo. Por orden judicial, el colegio Chiang Kai Shek debe reabrir y continuar hasta culminar el presente año lectivo.

El juez Civil, Juan Martín Palacios, hizo lugar al amparo constitucional planteado contra el Colegio Chiang Kai Shek por padres de varios alumnos. Ordenó que continúe impartiendo clases hasta culminar el año lectivo.

El juez entiende que pese a que la institución educativa es privada, presta un servicio público que es un derecho fundamental del ser humano garantizado en la Constitución. “Esta circunstancia no es una cuestión menor, puesto que el Estado, debe adoptar todas las medidas necesarias para tutelar los derechos de los niños/as y adolescentes a través de sus órganos”, dice el juez.

El magistrado analizó la ley y entiende que es el Ministerio de Educación “es el encargado de disponer la clausura de la institución educativa pública o privada por medio de una resolución y no con el acuerdo privado de los representantes que administran el colegio privado”.

De esta manera, llega a la conclusión de que “la mera suscripción de un acuerdo entre los representantes del colegio Chiang Kai Shek para el cierre definitivo del mismo carece de toda eficacia por no haberse adoptado los mecanismos correctos y necesarios para así salvaguardar los derechos de los alumnos matriculados en la institución”.

Además, argumenta que la ley señala que se tienen que tomar las medidas necesarias para la conclusión del año.

Con ello, el juez Palacios hace lugar al amparo constitucional promovido por unos 40 padres de los alumnos de la institución. Ordena que debe continuar con las clases sea en forma telemática o presentar hasta concluir el año lectivo.