El legislador colorado, procesado por presuntos hechos de enriquecimiento ilícito y declaración falsa, había conseguido el arresto domiciliario, luego de que el Tribunal de Apelación revocara la decisión del juez Julián López, que ratificó su prisión.
Los camaristas ordenaron que el juez le impusiera medidas menos gravosas, antes de la libertad plena, con lo que el juez Yoan Paul López dispuso su arresto domiciliario del que goza actualmente.
La defensa pretendía que Miguel Cuevas pudiera reasumir su banca en la Cámara Baja, de modo que pueda estar presente de forma telemática en las sesiones, pero los diputados señalaron que solo lo dejarán con orden judicial.
Ante esto es que el abogado Santiago Lovera presentó un pedido de aclaratoria “en el sentido de especificar si el arresto domiciliario impuesto en sustitución a la prisión preventiva a su representado impide que ejerza su cargo de diputado nacional por medios telemáticos…”.
El juez, tras analizar el pedido, señala que “no existe expresiones oscuras, error material o alguna omisión en la que haya incurrido el juzgado. Cualquier pretensión fuera de estos presupuestos implicaría una modificación esencial de la resolución, no siendo la aclaratoria la vía procesal pertinente para ello”.
De esta manera, el juez rechazó el pedido de aclaratoria. La vía mencionada por el juez sería una nueva revisión donde se debe pedir expresamente que pueda ejercer su cargo de diputado.
Legislador recusó al agente fiscal
El diputado Miguel Cuevas recusó ayer al fiscal Luis Piñánez por animadversión, por su posición contradictoria cuando pidió revisión, ya que primero se opuso a la revocatoria, pero luego se allanó al arresto domiciliario.
En su escrito, alegó que en la resolución del Tribunal de Apelación Penal, del 25 de setiembre de este año, se señaló que el agente del Ministerio Público “litigó de mala fe y con temeridad” en el caso.
Con este argumento, Cuevas pidió a la fiscala general del Estado, Sandra Quiñónez, que Piñánez sea apartado, ya que cree que las causales presentadas son prueba de una falta de objetividad. En el caso, la Fiscalía debe hoy presentar su requerimiento conclusivo para la esposa y el hijo.