La juez de Ejecución y Sentencia de Concepción, Magdalena Dos Santos Llamosas, hizo lugar de manera parcial a la acción de amparo constitucional de acceso a la información planteada por una ciudadana contra la Municipalidad de Concepción. El intendente Alejandro Urbieta deberá entregar todos los documentos solicitados, aunque, la resolución presenta contradicciones.
La sentencia definitiva ordena la entrega de las copias autenticadas de todos los documentos solicitados por la ciudadana Digna Ortiz en el marco de la Ley N° 5282/14 del acceso a la información pública; sin embargo, según la abogada Nancy Barúa, la SD salió sin número (luego le agregaron) y sostiene que da lugar parcialmente a la garantía de amparo constitucional, mientras el amparo debe ser total o rechazado. Agrega que tampoco da plazo a la Municipalidad para la entrega de los documentos.
Barúa, patrocinante de la recurrente, señala que en la página 10 de la resolución dice que la Municipalidad deberá entregar las copias debidamente autenticadas a entera costa de la accionante, mientras dice que cualquier persona podrá acceder a la información pública en forma gratuita y sin necesidad alguna de justificar las razones por las cuales formula su pedido.
En relación al otro pedido de Ortiz, de que todos los documentos solicitados también sean publicados en el portal digital de la Municipalidad, la magistrada dispuso que sean levantados en la página web los documentos con fecha desde abril de 2016, atendiendo que la ley no puede tener efecto retroactivo.
consecuencias. De no cumplir con todo lo ordenado por el Juzgado, el intendente Alejandro Tati Urbieta se expondrá a un nuevo proceso por desacato judicial.
Digna Ortiz había solicitado copias de comprobantes de los aportes realizados por la Comuna a la Caja de Jubilaciones, comprobantes de los aportes del 15 por ciento del impuesto inmobiliario, rendiciones de cuenta de obras, instalación de semáforos y más.