Los conflictos y diferendos pasados y presentes así como los acuerdos requieren la consideración de la binacionalidad en la represa hidroeléctrica Itaipú. En efecto, no existe una “Itaipú binacional paraguaya” ni otra “Itaipú binacional brasileña”. Itaipú Binacional (IB) es una sola. Paraguay y Brasil acordaron crear una Entidad Binacional denominada Itaipú, en igualdad de derecho y obligaciones. La IB está constituida por la ANDE y la Eletrobras, con igual participación en el capital. Se rige por las normas del tratado, por sus anexos y por las notas reversales.
DIRIMIENDO DISCREPANCIAS.
Punto de partida para solucionar conflictos pasados o presentes en la IB y lograr acuerdos es ser conscientes siempre de que se trata de una persona jurídica de derecho público internacional, que ha quedado constituida como condominio indiviso, liberado de impuestos. Los gobiernos de Paraguay y de Brasil han firmado un Tratado Binacional, cuyos documentos oficiales, aparte del mismo, son el Anexo A (el estatuto), el B (maquinarias, turbinas, instalaciones y obras auxiliares) y el C (bases financieras y de prestación de servicios eléctricos) así como las Notas Reversales, que requieren así mismo de aprobación binacional para su vigencia. Implican que no sólo los Poderes Ejecutivos de ambos países se pongan de acuerdo sino además los Congresos respectivos las aprueben expresamente.
TRANSPARENCIA Y CONTROLES.
Decisiones relacionadas con transparencia y controles, entre otras, deben ser canalizadas por la misma vía binacional para que se vuelvan legalmente viables. Soy partidario de ellos. Sólo que tenemos que planteárselas obviamente también al Brasil y ver la forma de articular consenso. Generalmente, estos temas pasan primero por un intercambio de opiniones entre directores y consejeros de ambas nacionalidades. Si se obtiene la impresión de que la propuesta es consensuable binacionalmente, vamos por buen camino. Entonces, entran en acción los cancilleres. Habiendo consenso también a ese nivel, ella pasa a los respectivos Presidentes de la República.
EJECUTIVOS Y LEGISLATIVOS DE ACUERDO.
Una vez firmada la propuesta por los Presidentes de Paraguay y Brasil, ella se traslada al Congreso de ambos países. Hacer pronósticos sobre el futuro de la misma en ambos Poderes Legislativos puede volverse difícil. Hubo casos en los que una decisión como esa, tomada conjuntamente en todos los niveles previos, una vez llegada al Congreso brasileño, se la cajonea. Conozco un caso ocurrido en la década de los 90 del siglo pasado: Los legisladores brasileños nunca se pronunciaron al respecto, hasta ahora no. Vale decir que no podemos descartar la posibilidad de que eso pueda volver a ocurrir.
INTENTAR LA BINACIONALIDAD.
Este análisis anterior no significa necesariamente que propuestas binacionales sobre mayor transparencia y sobre mejores controles en la IB en ambas márgenes del río Paraná no deban hacerse. Por el contrario, hay que intentarlo. Y ya mismo. Iremos observándolas en el trascurso del camino, buscando la aprobación de todas las instancias correspondientes conforme el expediente va trasponiendo una fase tras otra. No es absolutamente descartable que se aprueben binacionalmente todas las fases del proceso. Si es así, se habrá puesto en vigencia una nueva norma para la IB, en la forma de Nota Reversal.
VERDAD vs. POSVERDAD.
Esto que acabo de relatar no es una verdad absolutamente desconocida. Afortunadamente, los profesionales vinculados a la IB la conocen perfectamente así como aquellos otros que se han ocupado bien del tema desde siempre, aun no perteneciendo a ella. No obstante, es sorprendente como algunas verdades son poco permeables para ciertas mentes y como los intereses creados las pueden aprovechar sesgadamente en beneficio propio. Ciertas estrategias electorales, conscientes del desconocimiento sobre la binacionalidad en la usina hidroeléctrica, proyectan sobre los potenciales electores tal o cual verdad parcial o distorsionada, según la posverdad que se haya instalado en la ciudadanía.