03 may. 2024

Itaipú plantea inconstitucionalidad contra auditoría dispuesta por CGR

Dice que la Contraloría no tiene atribuciones para auditar a las binacionales. Explica que con una resolución administrativa se quiere pasar por sobre el tratado. En el Brasil, debate similar concluyó.

La Corte. La Sala Constitucional deberá ahora estudiar el pedido de la Itaipú Binacional.

La Corte. La Sala Constitucional deberá ahora estudiar el pedido de la Itaipú Binacional.

La Itaipú Binacional planteó una acción de inconstitucionalidad contra la resolución de la Contraloría General de la República de auditar el uso de los fondos sociales de las binacionales.

El principal argumento de la binacional es que la Contraloría no tiene jurisdicción sobre las binacionales. Alega que se viola la supremacía constitucional.

La acción fue promovida ante la Sala Constitucional de la Corte por los asesores jurídicos Iris Mendoza Balmaceda y Óscar Bogado Rolón, bajo el patrocinio del doctor Daniel Mendonca.

Según explica la acción, se ataca el Resolución CGR N° 236, del 30 de abril pasado, por la que, tras el pedido de la Cámara de Senadores, se dispuso una auditoría financiera y de cumplimiento sobre los gastos sociales de las entidades binacionales Itaipú y Yacyretá, margen derecha, lado paraguayo.

Indica que la Corte es competente para el caso, teniendo en cuenta la normativa constitucional. Afirma que tiene derecho a accionar, porque la resolución del contralor fue dictada de una manera inconstitucional.

Al fundar su pedido, dice que la resolución de la CGR se basa en el artículo 283, inciso 4, de la Carta Magna, según el cual la entidad tiene atribución de fiscalizar las cuentas nacionales de las empresas y entidades multinacionales de cuyo capital participe el Estado Paraguayo, en forma directa o indirecta en los términos de sus respectivos tratados.

Alegan que el artículo no se refiere a las binacionales, ya que cuando la Constitución alude a estas, directamente dice binacionales, que los diferencia de los multinacionales. Cita los acuerdos del Senado, la declaración de bienes, entre otros.

Además, argumenta que la existencia de una diferencia entre multinacional y la binacional es la posición oficial de nuestro país, según la Procuraduría General de la República. Con ello, acota que la normativa no se refiere a la entidad.

Sostiene que Itaipú no tiene cuentas nacionales y todo su manejo financiero es binacional, sin excepción. Por ello, no corresponde la fiscalización. Además, en caso de hacerse debe realizarse según los respectivos tratados.

Remarca que el tratado dice que en caso de fiscalización, se realice por vía de auditorías externas. Es más, señala que la propia CGR había advertido, en una nota del 2006, que los tratados internacionales de ambas binacionales no contemplan la intervención de dicha entidad.

BRASIL. Por otro lado, la acción cita que el Supremo Tribunal Federal del Brasil, en un fallo dictado en setiembre del 2020, niega la competencia del Tribunal de Cuentas de la Unión para auditar a la Itaipú Binacional.

“Itaipú está sometida al régimen del derecho internacional y no se le aplican las normas de derecho interno de los países contratantes. Lo que conlleva la imposibilidad de que sean fiscalizadas las cuentas en procesos autónomos, dado el criterio igualitario que marca el rumbo a la administración binacional”, dice la resolución del STF del Brasil.

Con ello, apunta que la resolución dictada por la CGR es inconstitucional, por lo que pide que se declare inconstitucional la resolución, e inaplicable para la hidroeléctrica.

Además, requiere, como medida cautelar, la suspensión de los efectos de la resolución, hasta tanto se estudie el fondo de la cuestión.

ADENDA. El abogado Óscar Bogado, uno de los asesores, refirió que la Itaipú contemplaba hacer una adenda para que una Comisión Binacional, de la cual formará parte la Contraloría, pueda realizar la revisión de los estados contables.

Por otro lado, aún no se envío a la Corte la resolución del juez Édgar Rivas, de hacer una consulta constitucional sobre el pedido de medida de urgencia planteado por la Contraloría contra la Itaipú. Este caso podría ser acumulado, según Bogado.

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