La disposición también tiene la firma del juez electoral Modesto Núñez.
Lejos de dar el ejemplo, las propias autoridades comunales, como el caso del intendente sanlorenzano, ensucian la vía pública con propaganda extemporánea.
Ya la semana pasada el Juzgado Electoral se hizo eco de denuncias locales referentes a la propaganda extemporánea en la vía pública.
A raíz de esto fue notificado Quiñónez por parte de la agente fiscal de la Capital y del Departamento Central y del juez electoral de Central.
Los magistrados dejan constancia de que cuentan con la prueba física de violación electoral.
“(Nos dirigimos) a usted, a fin de remitirle fotografías que demuestran la existencia de propaganda electoral extemporánea en la vía pública de San Lorenzo, a fin de que proceda a la eliminación de la misma y a la aplicación de sanciones que correspondan”, sostienen.
DEUDA. San Lorenzo es la segunda ciudad en materia de densidad poblacional, luego de la capital del país.
Sin embargo, ello no redunda en que sus autoridades presten los servicios y conserven la ciudad como mandan las disposiciones.
En este caso, el agravante es que las propias autoridades y a la luz del día violan las disposiciones electorales referentes a la propaganda.
El artículo 290 del Código establece que la propaganda se extenderá por un máximo de 60 días, contados retroactivamente desde dos días antes de las elecciones generales o municipales.