“El 30 de abril no dejes que otros decidan por vos. Vender tu cédula es un delito, artículo 321 del Código Electoral. Realizá tu denuncia al (021) 444-763/4”, expresa el anuncio de la Justicia Electoral en redes sociales.
La campaña también incluye los demás delitos electorales que están tipificados en el Código Electoral.
“Quienes retuvieren los documentos de identidad de los electores el día de las elecciones o exigieren el voto en un sentido determinado, mediante el ofrecimiento o entrega efectiva de dádivas o recompensas, sufrirán la pena de uno a dos años de penitenciaría, más una multa equivalente a trescientos jornales mínimos”, señala el artículo 321 del Código Electoral, que además indica que los delitos electorales no son excarcelables.
También tienen pena de seis meses a dos años de penitenciaría, más una multa equivalente a trescientos jornales mínimos, quienes impidieren la entrada, salida o permanencia en los recintos electorales de electores, candidatos, apoderados o veedores.