10 feb. 2026

Fisco suspendió actualización de monto para IRPC

El Poder Ejecutivo decidió suspender la actualización del monto establecido para determinar los contribuyentes del Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyente (IRPC), para el ejercicio fiscal 2009.

Con esta medida, seguirán siendo contribuyentes del IRPC todas las empresas unipersonales cuyos ingresos no superen los G. 100 millones al año.

Actualmente, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) registra a alrededor de 100.000 comercios comprendidos dentro de este tributo.

De acuerdo con lo explicado por el jefe del Departamento de Capacitación Tributaria de la SET, Fabián Domínguez, se decidió no actualizar el monto para no crear más incomodidad a los contribuyentes, y así evitar que realicen los trámites de cambio de información. “Se mantiene todo como está por una cuestión de comodidad impositiva en la percepción de los tributos para ambas partes, tanto para la Administración Tributaria, como para el contribuyente”, refirió.

Agregó que la legislación impositiva le otorga potestad a la Administración Tributaria, de poder actualizar los montos que crea conveniente. Dejó en claro que esto no significa que no se seguirá controlando a los contribuyentes del IRPC.

De acuerdo con el Decreto 184, fechado el 26 de este mes, la medida fue tomada considerando la escasa incidencia de la variación en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que torna innecesario el ajuste del monto establecido en el Decreto 8.593/2006, actualmente vigente. El artículo 42, de la Ley 125/91 (modificado por el artículo 5 de la Ley 2421/04), señala los parámetros para determinar el cobro de este impuesto que serán actualizados anualmente por la Administración Tributaria, en función del porcentaje de variación del IPC, que se produzca en el periodo de doce meses anteriores al 1 de noviembre de cada año civil transcurrido. La tasa impositiva que abonan los contribuyentes del IRPC es del 10% sobre la renta neta determinada.