En aquella ocasión, la agente del Ministerio Público imputó a Carlos Junior Pereira Pereira (24), herrero; y Heriberto Adrián Arce Cabañas (21), carpintero, ambos con antecedentes penales.
Según la imputación, en la madrugada del 15 de mayo pasado, ambos irrumpieron en el local El Jardín de los Pollos, ubicado sobre Rojas Silva y Lomas Valentinas. Ahí, ambos sustrajeron 2 packs de gaseosas, uno de seis unidades de medio litro y el otro de seis unidades de un litro y medio.
Tras la denuncia, los policías realizaron una patrulla, donde hallaron a los mismos, que fueron detenidos. También encontraron dos armas blancas en poder de ellos a más de los packs.
La fiscala los imputó por hurto agravado, y pidió la prisión preventiva, a más de seis meses para investigar el caso. El entonces juez Elio Ovelar, consideró que era delito bagatelario, por lo que le concedió medidas alternativas a la prisión.
Ahora, la abogada Andrea Celeste Ruiz Díaz Armoa, en representación de Carlos Pereira Pereira, solicitó el cambio de calificación por hurto simple. La fiscala Spezzini, al contestar el traslado, se opuso al cambio de calificación del hecho punible.
El juez de la causa, Rolando Duarte, estudia el pedido de la defensa, para determinar si corresponde la calificación de hurto simple.
La defensa sostiene que se trata de un hecho bagatelario, ya que el valor de los dos pack que supuestamente hurtaron no pasa de 10 jornales. La fecha de acusación es el 15 de noviembre próximo.