Tras el anuncio de la ministra de Trabajo, Mónica Recalde, que se convocará al Consejo Consultivo Tripartito para avanzar en un proyecto de ley para un nuevo mecanismo de cálculo para el reajuste del salario mínimo legal (SML), Luis Tavella, de la Federación de Mipymes, consideró que es importante iniciar el debate con miras a una fórmula con datos técnicos.
El sector empresarial criticó el aumento del salario mínimo por encima de la inflación decretado por el presidente Santiago Peña, tras casi una década de utilizar únicamente el índice de precios al consumidor (IPC), medido por el Banco Central del Paraguay (BCP).
Al respecto, Tavella recordó que incluso, en el marco de la negociación en el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), el Ing. Enrique Vidal propuso instalar una mesa para iniciar el diálogo tripartito con miras al próximo año, lo que demostró una apertura previa al cambio del mecanismo de reajuste.
Con relación a las negociaciones de este año, Tavella dijo que la Federación de la Producción, la Industria y el Comercio (Feprinco) presentó los datos técnicos al Conasam de lo que dice la ley y, pese a ello, el ajuste fue superior al IPC, por ello considera que se debe avanzar en un cambio de la legislación.
“La ley no puede ser elástica. Uno tiene que tener el cumplimiento de la ley, y si querés cambiar eso, tenés que cambiar la ley. Entonces, creo que es oportuno poder definir eso, porque el salario mínimo no pasa solamente por el sector de alimentos”, señaló Tavella.
Prioridades. Más allá de apuntar al reajuste anual del salario mínimo, dijo que el Gobierno Nacional debe garantizar también otros servicios básicos como transporte, salud y educación.
“Si el Estado no provee el transporte barato, esa persona, ese colaborador, ese trabajador está obligado a comprarse una moto o a comprarse un auto, y a gastar mucho más y tener la cuota de la moto”.
Añadió: “Si el estado no te provee la salud gratuita, entonces ese trabajador está obligado a que parte de su salario gaste en salud. Lo mismo sucede con educación, lo mismo sucede con seguridad”.
Con relación a los eventuales indicadores que se usen para definir la suba anual, se refirió a la productividad, la macroeconomía y el PIB, y alegó que son factores complejos.
“También hay que tener en cuenta que nuestro país es el país que tiene menor productividad laboral de toda América, y sobre todo de los países vecinos, y tiene el salario mínimo más alto de la región”, dijo.
Añadió que también hay que analizar que el sector de la macroeconomía es el 2% y el de mipymes es el 98%, de los cuales el 88% son microempresas. “Entonces, no podés analizar una multinacional o una empresa grande o una empresa ganadera con esa empresa que apenas factura G. 10 millones o G. 20 millones por mes”, explicó.
Además, rechazó la radicalización contra el sector empresarial en el marco de la discusión salarial y que se utilicen datos sin evidencias técnicas.
“Ahora, cuando se quiere radicalizar y se dice que el empresario es el explotador, y que tiene que subir el salario el 20% sin presentar datos técnicos verdaderos que avalen el 20% o el 15% o el 30%”, dijo al referirse al pedido del sector de los trabajadores.
Tavella lamentó que en un debate de la Cámara de Diputados se trató al sector empresarial como si fuera el “diablo”. “Y no es así, es el que aporta a través de sus impuestos y que aumenta el PIB. O sea, la macroeconomía es gracias al sector empresarial”.
Nuevos montos. El Ministerio de Trabajo informó ayer sobre los nuevos montos del salario diario y por hora de los trabajadores mensualizados, tanto para jornadas diurnas como nocturnas, tras el decreto de reajuste del 5%.
El salario mínimo diurno que rige desde el 1 de julio es de G. 3.044.000, el jornal es de G. 117.077, el salario por día del trabajador mensualizado es de G. 101.467 y el salario por hora del trabajador mensualizado es de G. 12.683.
El salario mínimo nocturno mensual es de G. 3.957.200, el jornal nocturno G. 152.200, el salario por día G. 131.907 y por hora es de G. 18.844. El empleo a tiempo parcial por hora diurna es de G. 14.637 y por hora nocturna es de G. 21.743.
3.044.000 guaraníes es el nuevo monto del salario mínimo legal diurno que rige en el país desde el 1 de julio.
3.957.200 guaraníes es el nuevo monto fijado del salario mínimo legal correspondiente al horario nocturno.