Sosa, quien actualmente se encuentra con arresto domiciliario, apeló dicha condición solicitando la libertad ambulatoria.
El imputado, pese a que goza del arresto en su casa, cuenta además con el permiso correspondiente de trabajar de 7.30 a 17.00. El procesado quería tener mayor libertad para litigar, ya que es abogado de profesión, además tiene suficiente arraigo y amplió su fianza real en 250 millones de guaraníes.
Tras el análisis, la Cámara de Apelaciones, integrada por los jueces José Agustín Fernández, Bibiana Benítez y Gustavo Ocampos, resolvió confirmar la resolución del juzgado en Primera Instancia, que le dio arresto domiciliario con permiso de 7.30 a 17.00, además de las otras medidas, negando la libertad ambulatoria total que pidió el encausado.
Aurelio Ramón Sosa integraba el Consejo Directivo de la Cajubi en el periodo en que se produjo la supuesta lesión de confianza en la operación de alto rendimiento del dinero de dicha caja.