28 may. 2025

En Asunción, un juicio civil dura cinco años y seis meses

Un estudio revela que los expedientes de trámite ordinario, que se refieren en su mayoría a contratos, indemnizaciones, entre otros, tienen este promedio. Le sigue Ciudad del Este, con dos años y ocho meses.

Por Raúl Ramírez Bogado
rramirez@uhora.com.py
Cinco años y seis meses es el tiempo que dura un juicio ordinario en Asunción. En teoría, según el Código Procesal Civil, debería durar unos 180 días hábiles (270 días calendario), con apelación incluida. Esto, evidentemente es letra muerta.
Este lapso fue el promedio de duración de los expedientes en el 2005, conforme con los resultados del libro “Desempeño de la Justicia Civil en Paraguay y la construcción de indicadores”. El estudio fue hecho por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), la Corte Suprema de Justicia y la agencia USAID, de los Estados Unidos. El material no tiene aún datos completos de los casos del 2006 y del 2007.
Dentro de los denominados juicios ordinarios están los que se refieren principalmente a problemas contractuales, ya sean entre personas, empresas, además de las indemnizaciones por daños y perjuicios en accidentes de tránsito. De ahí su importancia y relevancia social.
Las causas son varias. Desde la lentitud del sistema judicial, donde tardan meses en fijar una audiencia, a lo que se suma las famosas chicanas de los abogados, entre otras cosas. Con esto, muchos juicios llegan hasta la Corte Suprema de Justicia.

OTROS PUNTOS. En promedio de duración excesiva, le sigue Ciudad del Este, donde los juicios tardan dos años y ocho meses en resolverse. Luego vienen Encarnación, Coronel Oviedo y Villarrica, en los que también hay promedios altos.
Al comparar las ciudades del Paraguay, tenemos que en los dos juzgados en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Bautista, Misiones, son los que menos tiempo duran estos expedientes. Sólo un año y tres meses, lo cual hace que estén a la cabeza.
Ayer, publicábamos que Asunción era la ciudad con menos mora judicial, al comparar los casos que ingresan en un año, con las sentencias que salen en el mismo lapso. Es decir, la capacidad de respuesta. No obstante, esos fallos son de juicios que tienen antigua data, de unos cinco años atrás, por lo que la deuda con la ciudadanía sigue.
Al final, aunque tengan mayor respuesta a los casos, la misma es tardía a nivel país. En Asunción, existen nada menos que 13 juzgados en lo Civil y Comercial, y donde hay más pedidos de la ciudadanía.

El problema
Según el Prof. Dr. Alberto Bínder, experto en sistemas judiciales y uno de los responsables del estudio, el problema es que la mayoría de las empresas y los ciudadanos necesitan una respuesta rápida a sus pedidos. “Cómo puede seguir el movimiento diario con juicios que se hacen excesivamente largos y tienen una alta relevancia social”, se preguntó. Por ello, consideró que el lapso de definición debe ser mucho más corto, a fin de que los expedientes sean resueltos por los jueces en el menor tiempo posible.

Cuánto dura el trámite
Procedimiento ordinario:
1) Asunción: 1.996 días (cinco años y seis meses)
2) Ciudad del Este: 976 días (dos años y ocho meses)
3) Encarnación: 633 días (un año y nueve meses)
4) Coronel Oviedo: 621 días (un año y ocho meses)
5) Villarrica: 587 días (un año y siete meses)
6) Paraguarí: 561 días (un año y seis meses)
7) Pedro Juan Caballero: 479 días (un año y tres meses)
8) San Juan Bautista: 470 días (un año y tres meses)

Los juicios ordinarios: Son aquellos que no tienen un trámite especial dentro del Código Procesal Civil. En su mayoría se refieren a problemas contractuales (personas o empresas), indemnizaciones por accidentes de tránsito, daño moral, entre otros.

Presentación: La demanda se presenta tal como lo establece la ley, con las pruebas documentales que se tengan. Una vez admitida, se le corre traslado a la demandada por un plazo de 18 días hábiles.

Pruebas: Tras la contestación, si no hay excepciones previas, se abre la causa a prueba. El plazo es de 40 días hábiles, donde se sustancian las pruebas de las partes. (Otra posibilidad es que si no hay hechos controvertidos, sino el derecho de cada uno, el juez declara que la demanda es una cuestión de puro derecho, donde no hay pruebas que sustanciar).

Alegatos y sentencia: Cerradas las pruebas, las partes tienen 6 días hábiles cada una para presentar sus alegatos. Luego el juez llama a autos para sentencia y tiene un plazo de 40 días hábiles para dictar un fallo.

Recursos: Tras la sentencia, las partes tienen 5 días para recurrir o no. Si recurren empieza el procedimiento de segunda instancia, donde existe un plazo de 60 días para dictar una resolución. Puede llegar incluso a la Corte.

Fuente: Libro “Desempeño de la Justicia Civil en Paraguay y la construcción de indicadores”. Código Procesal Civil.