29 mar. 2024

Empresaria denuncia invasión y apropiación de su empresa

Mapa. Ubicación del predio alquilado por Racole SA y del que intentaron desalojarla.

Mapa. Ubicación del predio alquilado por Racole SA y del que intentaron desalojarla.

La propietaria de la empresa Racole SA, Luz María Victoria Espínola Báez, denunció ante el Ministerio Público por invasión de inmueble ajeno, usurpación de funciones públicas y apropiación contra Claudia Vargas, los abogados Félix Gerardo Martínez y Francisco Esquivel, y la firma Julio César Vargas y Cìa. Esto, debido a que Racole ocupaba un predio en alquiler ubicado en las calles 10 de Julio entre Río Yhaguy y 23 de Octubre, de la ciudad de Fernando de la Mora, con un contrato de alquiler con Julio César Vargas y Cia, a un precio estipulado en G. 180 millones semestrales.

Mediante un acuerdo entre las partes, Racole asumió costosos gastos para sostener las estructuras del inmueble, que debían ser tenidos en cuenta por el locador, pero estos transfirieron el inmueble a terceros que pretendían cobrar el monto de alquiler sin tener en cuenta los gastos realizados por el locatario. Esto motivó a los dueños de Racole a iniciar una demanda buscando una resolución y cumplimiento del contrato de alquiler.

Ante la demanda iniciada por Racole, Claudia Vargas y los abogados Martínez y Esquivel, acompañados de policías de la Comisaría 2ª Central se constituyeron en el inmueble en fecha 17 de junio, pasado el mediodía.

Según la denuncia de Espínola Báez, los citados llegaron al predio donde funciona Racole y con ayuda de un cerrajero cortaron el candado del portón y lo cambiaron por otro. Acto seguido, los policías expulsaron al guardia de seguridad privada, Juan Carlos Villaverde, quien quedó en la calle. Todo el procedimiento fue irregular, según la denunciante, por haber sido hecho sin contar con una orden judicial.

“En esta situación resulta que las personas individualizadas (y así también aquellas que no pudieron ser identificadas) han procedido a invadir un inmueble en perjuicio de las que ostentan el derecho de posesión, que solamente puede ser discutida en sede judicial, de acuerdo al mandato constitucional”, indica la denuncia.

Además, detalla que “al proceder a desalojar a los guardias de Racole SA (firma que ostenta la legítima posesión del inmueble), las personas denunciadas han cometido el hecho punible de usurpación de funciones públicas, pues han procedido a ejecutar una función exclusivamente pública como lo es la realización de un desalojo, que solo puede darse en virtud de orden judicial”.

La apropiación es porque “en el predio se encuentran depositadas numerosas maquinarias y diferentes implementos con cuantioso valor monetario, que pretenden asumir la titularidad”.

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