04 dic. 2024

El discutido estado civil de Madame Lynch

¿Estaba aún casada Elisa Lynch cuando decidió convivir con el Mariscal Francisco Solano López? Una investigación documental aporta elementos notables a la discusión.

Uno de los documentos que demuestran que Madame Lynch seguía conservando su matrimonio original.

Uno de los documentos que demuestran que Madame Lynch seguía conservando su matrimonio original.

José Luis Martínez Peláez

Historiador

Una de las tantas acusaciones vertidas sobre la polémica figura de Elisa Alicia Lynch fue aquella de convertirse en adúltera cuando decidió hacer vida de pareja con el Presidente-Mariscal Francisco Solano López.

Uno de los principales acusadores es Héctor Francisco Decoud (Elisa Alicia Lynch de Quatrefages, 1939), quien la cita en toda su obra con el apellido de su marido francés, y manifiesta sobre la mujer: “La adúltera amancebada, con el pretexto de que los miembros de la embajada le enseñaran el español, […]”.

A partir de 1875, Alicia Lynch decide enfrentar las acusaciones y respecto de su estado civil escribió en su pequeño libro Exposición y protesta (1875) que había contraído nupcias en Inglaterra, el 3 de junio de 1850, a los 15 años, con el capitán y médico francés Xavier Quatrefages, que a su lado estuvo tres años residiendo en Francia y Argelia, y “separada de él por causa de mi mala salud, me reuní con mi madre y mi hermana en Inglaterra […] Residí en París muy poco tiempo […] Poco tiempo después de separada de mi esposo, conocí al Mariscal López y ya en 1854 me encontraba en Buenos Aires de paso para la Asunción” (sic).

Alicia Lynch enfrenta los cargos: “El antecedente más desfavorable a mi reputación ha sido el hecho de mi matrimonio. Casada y pasando a ser la compañera del Mariscal López, era autorizar el cargo de adúltera […] Mi matrimonio con Mr. Quatrefages fue considerado nulo por no haberse cumplido las formalidades exigidas por la ley; y la prueba más concluyente de ello está en que él se volvió a casar en 1857 y tiene varios hijos de este matrimonio” (sic).

UN CARIZ MUY DISTINTO

Nada tendríamos que objetar a las manifestaciones de la mujer del Mariscal tal como las presenta, pero si recurrimos a la obra que pretendió ser su reivindicación titulada Calumnia, de Lillis y Fanning (2011), así como la del mismo Decoud, nos encontramos con elementos de juicio omitidos por la Sra. Lynch que le otorgan al asunto un cariz muy distinto.

En Calumnia puede leerse que Quatrefages habría dispuesto realizar su matrimonio en Inglaterra por la Iglesia protestante siendo él y Alicia Lynch católicos y todo al efecto de evadir la obligación de cumplir unos insuperables trámites ante sus superiores en Francia entre los que incluso existían requisitos sobre la dote de la novia, sus antecedentes y, lo más delicado, su minoría de edad siendo extranjera lo que fue salvado en Inglaterra con la anuencia de Jane Eliza Clark, madre de Alicia.

Con este antecedente se puede interpretar lo que Alicia Lynch manifiesta en su obra relativo a que su matrimonio era nulo por incumplir las leyes, pero los hechos citados nos dicen que en realidad la nulidad no puede referirse a su existente matrimonio inglés, sino a uno inexistente en Francia puesto que aquellas leyes eran francesas y no inglesas, luego su único matrimonio —el de Inglaterra— se mantuvo vigente cuando decidió separarse de su marido en 1853 por razones de salud.

Varias versiones indican que antes de regresar al Paraguay el Gral. López —decidido a compartir su futuro con Alicia Lynch— habría llegado a una suerte de arreglo con el Cap. Quatrefages para que acepte formalizar un divorcio con su esposa lo que era imposible, pues en Francia dicho matrimonio no existía y respecto de Inglaterra donde el matrimonio estaba vigente no existen indicios de trámite alguno al respecto y, por el contrario, Quatrefages concedió en octubre de 1854 un poder amplio a Alicia Lynch —donde figura como casada— para efectuar cuantos actos administrativos realizase sobre inmuebles, rentas, alquileres, contratos y cualquier otra acción que ella considere conveniente para su vida siempre y cuando realizara dichos actos en Inglaterra, país específico para el que Quatrefages concedió el poder en la escribanía parisina del notario Sr. A. Delapalme. Era obvio restringir el poder a territorio inglés toda vez que solamente allí estaban casados y no se concibe que de estar divorciado en Inglaterra, el Cap. Quatrefages conceda un poder amplio de administración sobre asuntos inmobiliarios y otros para salvar la exigencia legal de la venia marital para actos de esa naturaleza.

Al final de cuentas, todo esto deja en entredicho la afirmación de la bella irlandesa en su Exposición y protesta de que la prueba más concluyente que su matrimonio con el Dr. Quatrefages fue considerado nulo por incumplir la ley francesa es que este se volvió a casar en 1857 y tuvo varios hijos. No se observa en el párrafo anterior la eximición pretendida por la Sra. Lynch toda vez que ese nuevo matrimonio del Dr. Quatrefages era su primero y único en Francia, lo que demuestra que Alicia Lynch nunca formalizó un matrimonio en ese país con el capitán como para calificarlo de nulo.

UN DOCUMENTO REVELADOR

Queda así explicado que las acusaciones de adulterio sobre Elisa Alicia Lynch —como publica Decoud— son referidas respecto de su matrimonio inglés nunca disuelto y no al inexistente francés, por lo que cuando este autor refutó la defensa de la Sra. Lynch de sus cuestionadas adquisiciones —antes y durante la guerra— de numerosos inmuebles privados y de extensas propiedades fiscales en el Paraguay las tildó de nulas a esas fechas por no poseer la mujer —entre otras causales— la venia marital correspondiente toda vez que aquel poder amplio de 1854 solo era válido para Inglaterra y no para el Paraguay, un documento que, además, la Sra. Lynch no mencionó en su obra.

Para demostrar que la Sra. Lynch mantuvo intacto su matrimonio inglés, Decoud manifiesta que al nacer en Buenos Aires su primer hijo con el Gral. López, lo registró en el Consulado paraguayo a Juan Francisco Quatrefages, después cambiado a Juan Francisco (Panchito) López, y para ello presentó su certificado de casada en Inglaterra.

Después de la Guerra Guasu, en 1875, el Dr. Quatrefages amplió en Londres aquel poder de 1854 diciendo que ahora era válido para “Inglaterra, el Reino Unido e Irlanda y cualesquiera otros lugares […] para todo lo que la expresada E. A. L. hiciese o pudiere hacer”.

Este documento caratulado “venia supletoria” en su protocolización de 1885 autorizaba también una demanda en Escocia contra el Dr. Guillermo Stewart por robo de dinero en la guerra y vender los inmuebles fiscales adquiridos como lo hizo después con su hijo Enrique Solano al argentino Cordero, demostrándose así que el matrimonio seguía vigente quince años después de haber muerto Solano López en 1870. Así pues, Eliza Alicia Lynch murió en Francia siendo aún la esposa legítima —no divorciada— del Dr. Quatrefages, aunque se presentaba a la sociedad parisina como “veuve (viuda) du López”, que tampoco lo era.

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