12 abr. 2026

DNIT exige registro sanitario para importar perfumes

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DNIT. Importadoras deberán presentar registro sanitario.

ARCHIVO.

La Dirección de Ingresos Tributarios mediante dictamen dispuso la restricción de importación de perfumes sin registro sanitario para unas ocho empresas que importaban vía medidas cautelares contra normas que incluso ya no están vigentes.

El dictamen señala que los decretos 8790/2006 y 8830/2006, que fueron declarados inaplicables en virtud de la acción de inconstitucionalidad promovida por la empresa Bega Import Export SA fueron sustituidos por el Decreto 2881/2014, y que posteriormente este fue derogado por el Decreto 6474/2016.

Por este se regula la expedición de los registros sanitarios, y considerando que no surge expediente en el cual exista ninguna declaración de inaplicabilidad, la Gerencia General de Aduanas deberá exigir el cumplimiento de las normativas vigentes.

Cabe recordar que la firma Bega Import-Export SA lideró la importación de perfumes, cosméticos y productos capilares durante los meses de enero y febrero de este año

En tanto, las empresas Vargo SA, LA Business, Bambú NIC SA, Michigan SA, Vancouver SA, La Roma SRL y Real Service Import, con la promulgación de la Ley 6788/2021, el cual derogó el artículo 280 de la Ley N° 836/1980, norma que dio lugar a la acción de inconstitucionalidad, al entrar en vigencia dicha ley dejó sin efecto la acción de Inconstitucionalidad, por lo que el cumplimiento del registro sanitario es exigible.

Desde la Cámara Importadora de Perfumes y Cosméticos (Caimpeco) celebraron la medida y solicitan que la Corte Suprema de Justicia actué en concordancia con esta disposición.

“Las medidas cautelares estaban en contra de leyes que ya no estaban vigentes y a pesar de no estar vigentes seguían importando y metiendo las mercaderías amparadas en acciones de inconstitucionalidades viejas”, sostuvo la asesora jurídica de la Cámara, Luján García de Zúñiga a Telefuturo.

Resaltó que la Gerencia General de la Aduanas finalmente tomó una nueva postura, tras un análisis del contenido de esas empresas que estaban importando sin el registro sanitario.

“Realmente tomamos con mucho optimismo la disposición de la Aduanas de por fin después de muchos años de tratar de aclarar esta situación de medidas, que ya no están vigente más de 7, 8 años, la GGA nos dio la razón y a partir de ahora ya esas empresas no van a poder importar sin registro sanitario”, destacó por su parte el presidente de Caimpeco, Juan Pablo Jaeggli

Agregó que esto es un gran paso para frenar la informalidad y la salud pública y recordó que la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria también ha apoyado los reclamos a partir del temor que dichos productos dañen la salud de los clientes.

Por su parte, el director Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) Óscar Orué detalló que se analizó la situación y se constató que las normativas cambiaron por lo tanto esas acciones ya no estaban vigentes.

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