20 sept. 2025

DNCP fija requisitos para compras vía excepción por la emergencia

Contrataciones ahora pide publicar intención de compras por excepción al menos dos días antes e invitar a un mínimo de tres posibles oferentes. Controles se hacían sobre acuerdos realizados.

Mediante la Resolución N° 1697/2020, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) estableció nuevas disposiciones para las compras realizadas por vía de la excepción, con el fin de dotar de mayor publicidad y transparencia a los procesos realizados bajo esta modalidad, sobre todo en el marco de la actual emergencia sanitaria por Covid-19.

Pablo Seitz, titular de la DNCP, explicó en una entrevista concedida a Última Hora que por medio de la normativa se modifica lo que venía ocurriendo, que las convocantes recién informaban a Contrataciones luego de contar con una adjudicación inclusive, y no antes de eso.

Con la nueva medida vigente, las instituciones interesadas en hacer una compra a través de la vía de la excepción deberán dar a conocer su intención con al menos dos días de antelación. Así, se posibilita la verificación previa.

“Nosotros recibíamos información (sobre contratos por vía de la excepción) de lo que ya se hizo, a diferencia de una licitación normal. Ahora podemos ir verificando paso a paso antes de que se concrete”, señaló Seitz.

El director de Contrataciones Públicas destacó igualmente que las reglas para este tipo de operación cambian por primera vez en 16 años y que, con esto, mejora la capacidad de control de la institución a su cargo.

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Plazos. Ante la necesidad de utilizar el procedimiento de contratación por excepción en casos de urgencia impostergable, las entidades deberán realizar una difusión previa, publicando sus pliegos de bases y condiciones, en el portal de la DNCP, en principio por un plazo de cinco días antes de la apertura de ofertas.

En casos específicos (bajo argumento de perjuicio al interés público), las convocantes, bajo la responsabilidad de su máxima autoridad y con un dictamen de justificación, podrán optar por la difusión de un aviso de intención de compra, con todos los datos requeridos por Contrataciones, con dos días de antelación al conocimiento de las ofertas.

En este ultimo caso, las entidades deberán difundir, siempre en el portal de la DNCP, las bases concursales, que deben incluir: Descripción del bien o servicio, detalles que permitan la cotización adecuada por parte las empresas, plazos y condiciones de entrega de las adquisiciones a realizarse, así como las cantidades requeridas.

Participación. Así también, se deben emitir invitaciones a al menos tres posibles oferentes, teniendo en cuenta la base de proveedores registrados en las categorías que guardan relación al llamado. Una vez hecha la contratación, las entidades cuentan con un plazo máximo de 10 días para la entrega de las documentaciones requeridas por la DNCP, además de estar obligados a cargar toda la información correspondiente a la ejecución contractual al sistema de seguimiento de contratos.

La Resolución N° 1697/2020 se encuentra vigente desde el 28 de abril pasado, aclararon desde Contrataciones Públicas.

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