11 may. 2026

Directores bancarios no aportarán a la Caja por fallo de la Corte

Miembros del Directorio de cinco entidades bancarias no aportarán a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Bancarios del Paraguay, debido a que la Corte declaró inconstitucional el artículo que les obliga a ello.

A favor.  Los ministros Antonio Fretes y Víctor Núñez.

A favor. Los ministros Antonio Fretes y Víctor Núñez.

La acción fue planteada por los directores del Banco Visión, Banco Familiar, Banco Itapúa, Banco Atlas y Banco Regional, a través de los abogados Juan Bautista Fiorio y Sebastián Irún Croskey.

El fallo fue dictado en forma unánime por los ministros Antonio Fretes, Víctor Núñez y Gladys Bareiro, que declararon inconstitucional el artículo 1, de la Ley 4773/12.

La citada norma dispone que los administradores, representantes, apoderados, presidente o miembros del Consejo Directivos, también son afiliados a la citada Caja, por lo que deben aportar en forma obligatoria.

Los abogados señalan que la legislación es inconstitucional porque violan los artículos 21, 47, 94, 95, 103, 109 y 139 de la Carta Magna.

Remarcan que los directores son electos por períodos de 1 o 2 años, y que no son empleados, sino son independientes. Alegan que con ello, se desnaturaliza la Caja que es para empleados.

Núñez afirma que la citada ley contradice al sistema tributario paraguayo, que prohíbe la doble imposición, al pagar ellos el IVA y descontarle los aportes. Con ello, dice que debe ser declarada inconstitucional e inaplicable.

La ministra Bareiro señala que un funcionario bancario se jubila a los 30 años, como mínimo, mientras que los directores están en sus cargos por períodos de 2 o 3 años, por lo que nunca se jubilarían.

Sin embargo, la Caja solo devuelve los aportes a los que tengan más de 10 años de antigüedad, por lo que tampoco se les devolvería el aporte y sería enriquecimiento sin causa por parte la entidad.